Apuntan a prevenir la trata de personas en Yerba Buena

Apuntan a prevenir la trata de personas en Yerba Buena
El concejal Pedro Albornoz Piossek (PRO) promueve un proyecto de ordenanza para prohibir la instalación y funcionamiento de locales que faciliten el ejercicio de la prostitución.

El concejal de Yerba Buena, Pedro Albornoz Piossek (PRO), presentó un proyecto de ordenanza que propone prohibir la instalación y funcionamiento en esa ciudad de locales donde se realice la práctica de la prostitución o se facilite el acceso a la misma.

Según explicó el edil opositor, el objetivo es adecuar la normativa municipal a la recientemente sancionada Ley Provincial 8.519, que apunta a prevenir y castigar la trata de personas.

La iniciativa, según precisó, busca prohibir "la instalación y funcionamiento de cabarets, saunas u otros locales donde se faciliten actos de prostitución.

Además, explicó que su iniciativa faculta al Departamento Ejecutivo Municipal para que firme convenios con el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia a los fines de que se asista a las víctimas de trata de personas.

A la hora de fundamentar su propuesta, Albornoz Piossek recordó que "en el caso en tratamiento, como es la trata de personas, se ha constituido en un flagelo que tuvo su triste simiente en el caso de Marita Verón, hecho de naturaleza delictiva que alcanzó a conmover las estructura de los poderes del Estado, lo cual pone la nota de urgencia que la situación reclama".

A continuación, indicó que "el proyecto adecua su articulado tipificando las prohibiciones que debidamente controladas pueden dar un marco de cobertura y seguridad al bien jurídico a tutelar, cual es no sólo la salud física y mental de los vecinos, sino la libertar e integridad física de aquellas personas (mujeres) que por necesidad, o bajo engaño opresión, son sometidas a ejercer la prostitución".

Alcances del proyecto

En su artículo primero, la iniciativa de Albornoz Piossek prevé prohibir "en todo el territorio de la Municipalidad de Yerba Buena la instalación, funcionamiento, regenteo, sostenimiento, promoción, publicidad, administración y/o explotación bajo cualquier forma, modalidad o denominación -de manera ostensible o encubierta- de wiskerías, cabarets, clubes nocturnos, boites, saunas o locales de alterne, abiertos al público o de acceso público en los que se realicen, toleren, promocionen, regenteen, organicen o de cualquier otro modo se faciliten actos de prostitución u oferta sexual, cualquiera sea su tipo o modalidad".

En su artículo segundo, la propuesta advierte que “quedan igualmente prohibidos la instalación, funcionamiento, regenteo, sostenimiento, publicidad, promoción, administración y/o explotación, bajo cualquier forma o modalidad, de lugares en los que se facilite, tolere, promocione, organice, desarrolle y/o se obtenga provecho de la explotación de la prostitución ajena”, hayan prestado o no, quienes ejerzan esa actividad, su consentimiento para ello.

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