Aprueban ley de promoción industrial

Se trata de un proyecto elaborado y fundamentado por el oficialismo en la sesión del jueves en la Legislatura del Chubut. Además, se avanzó en la modificación de la Ley de Jubilación Ordinaria por Tareas Riesgosas en los Servicios de Radiología y Salud Mental.

El diputado Miguel Montoya fundamentó la ley en defensa de quienes realizan tareas riesgosas en los servicios de Radiología y Salud Mental.

Diputados provinciales aprobaron un proyecto de Ley General donde se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2011 los beneficios establecidos por la Ley IX 44 (antes Ley 4.737) con respecto a la promoción industrial para las empresas que hayan adherido al citado régimen.

La legisladora oficialista Rosa Muñoz fundamentó los dictámenes de la Comisión de Presupuesto y Hacienda y en conjunto de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Justicia y de Desarrollo Económico, Recursos Naturales y Medio Ambiente.

El proyecto de Ley General 140/10 fue presentado por los legisladores justicialistas José Karamarko, Ricardo Gaitán, Oscar García, Juan Carlos Arzán, Sebastián Balochi, Javier Touriñan, Miguel Montoya, Rosa Muñoz --quien fundamentó la iniciativa--, Nélida Burgueño, Mercedes Aravena y Stella Vargas, propiciando la prórroga hasta fin de año de los beneficios.

Algunas de las condiciones con las que las empresas adheridas deberán cumplir son que la planta esté radicada en Chubut y efectuar reinversiones que impliquen un incremento en la capacidad productiva instalada, o en las inversiones de bienes de uso en más del 40%, medido en unidades físicas o dimensionales.

El solicitante puede gozar de exención del pago de los impuestos sobre Ingresos Brutos y de Sellos respecto de contratos de sociedad y sus prórrogas, incluyendo las ampliaciones de capital y la transformación de la entidad social.

JUBILACION ORDINARIA

En tanto, y con la fundamentación del diputado justicialista Miguel Montoya, se dio sanción favorable a una iniciativa del Poder Ejecutivo para modificar el artículo 5º de la Ley XVIII 32 (antes Ley 3.923) de Jubilación Ordinaria por Tareas Riesgosas en los Servicios de Radiología y Salud Mental, con el propósito de reparar una situación de inequidad.

En ese sentido, el legislador expuso que la nueva normativa de jubilaciones (Ley XVIII Nro. 32) derogó los incisos g) del Artículo 67 de la Ley 2.672 y d) del Art. 4º de la Ley 3.127, y para entonces, durante los años de vigencia de la normativa, la Subsecretaría de Salud encuadró al personal en la Ley 3.127 por considerar su actividad sujeta a riesgo y el personal involucrado efectuó aportes diferenciales, situación que se mantuvo tras la sanción de la Ley 3.923 (sistema jubilatorio vigente para el sector público provincial).

Esta iniciativa apunta a eliminar esa inequidad y la sanción de esta norma no afectará la economía del sistema jubilatorio público, ya que sólo podrán acceder al mismo beneficio quienes hayan cumplido las mismas condiciones que acreditan quienes hoy lo gozan.

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