Se trata de los profesionales Carlos Marinelli y Miguel Hurtado Douglas, a quienes se sancionó con 6 meses de suspensión como prestadores por una violación contractual para con la obra social estatal, al cobrarle por sus servicios a la afiliada Norma Cynthia Barros Depetris. La decisión la tomó el propio administrador de APOS, Emilio Castro, a través de la resolución Nº 3.189, se informó desde la entidad.
La afiliada Norma Cynthia Barros Depetris solicitó el reintegro de prácticas por una cirugía ambulatoria, tras presentar una factura por $ 400 realizada por Hurtado Douglas y otra de $ 5.200 por Marinelli.
El titular de APOS, Emilio Castro, lo dispuso a través de la resolución N° 3.189, de fecha 17 de setiembre de 2012, donde la Obra Social aplicó a Carlos Marinelli (MP N° 868) la suspensión por seis meses, a partir de la presente resolución, considerando que el cobro indebido a una afiliada, es una conducta reiterada y el débito de la suma de $ 3.367,05 sobre la facturación pendiente de pago, presentada por el prestador Colegio Médico Gremial”.
Hizo lo propio con “el anestesista Miguel Hurtado Douglas (MP N° 1.665) la sanción de apercibimiento escrito por violación contractual al cobrar conceptos indebidos a los afiliados y el débito de $ 30 sobre la factura pendiente de pago presentada por la Asociación de Anestesista, como prestador.
También, la Asesoría Letrada en relación a Miguel Hurtado Douglas, considera que ha incurrido en una violación contractual al cobrar conceptos indebidos a afiliados de la Obra Social por lo que estima procedente debitar de la facturación del prestador el importe abonado en más por el afiliado ($ 30), teniendo en cuenta los valores convenidos, y cursar apercibimiento escrito al anestesista.
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