Anularon el procesamiento contra uno de los presos fugados en octubre

Anularon el procesamiento contra uno de los presos fugados en octubre
La resolución de la Cámara de Apelaciones estuvo relacionada solamente a la situación del joven David Ojeda, condenado a reclusión perpetua por el doble crimen de los ancianos en Chacra XIII, quien siguió la fuga de los tres reclusos que días después fueron recapturados en Chile. Los jueces entendieron que en este joven no puede aplicarse la figura de “evasión” y anularon su procesamiento.
El juez de instrucción Héctor Daniel Ochoa dictó el procesamiento de los cuatro sujetos que el pasado 17 de octubre por la noche protagonizaron la cinematográfica fuga de la Unidad de Detención N°1 en la zona del Campamento YPF, siendo todos imputados por el delito de evasión.

La medida se dictó a los pocos días de la recaptura en Chile de los evadidos, José Luis Cansino Saldivia, y los ushuaienses Claudio Fabián Borquez Cárdenas y Daniel Eduardo Villegas Gallardo; cuyos defensores ni siquiera optaron por una apelación, y el procesamiento ya quedó firme.

En cambio en el caso del joven de 21 años, David Ojeda alias “La Muerte”, el defensor oficial apeló la decisión del juez de instrucción, cuestión sobre la cual la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones se pronunció en los últimos días previo a la feria judicial.

Salió pero sin cometer delito

Allí los jueces increíblemente sostuvieron la “nulidad” del fallo de Ochoa, en relación al joven Ojeda, quien aparentemente salió de la Unidad de Detención con posterioridad a los tres reclusos fugados, a través de los barrotes forzados y del agujero que practicaran en el cerco perimetral.

Los camaristas entendieron que el delito de “evasión” no estaba tipificado en la conducta de Ojeda, ya que “la evasión requiere el uso de violencia en las personas o las cosas”, y no está probado que Ojeda forzara barrotes y el cerco perimetral, por lo que se escapó solamente siguiendo la vía abierta que dejaron los “verdaderos prófugos”.

El fallo considera que el procesamiento “carece de debida motivación”, por lo que declararon su nulidad entendiendo que de ahora en más “el juez deberá fundar si Ojeda tuvo una participación” más activa de la que aparentemente tuvo.

Cabe recordar que este joven fue recapturado a las pocas horas de la fuga, caminando en pleno centro de la ciudad, evidentemente en lo que fue un escape improvisado para el cual no tenía plan alguno a seguir.

El delito de evasión tiene prevista una pena que puede ir del mes al año de prisión.

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