La semana pasada ingresó a comisión de Asuntos de Salud Pública de la Legislatura el proyecto para que Formosa adhiera a la Ley Antitabaco sancionada por el Congreso de la Nación. El presidente de la misma, diputado Agustín Samaniego, dijo a La Mañana que el tratamiento de la misma "avanza despacio", ya que se deben tener en cuenta numerosos factores para que la normativa sea sancionada.
El diputado Samaniego informó que ayer por la mañana se realizó la primera reunión para los interesados, pero que aún no había emitido a despacho. "Tenemos que ver si modificamos la ley provincial, o modificamos la nacional. Se están analizando los distintos proyectos para ver cuál es la vía legal indicada", aseguró el legislador.
Samaniego dijo además que "es importante destacar que Formosa ha sido pionera, ya que muchos de los puntos de la ley nacional ya estaban en la ley formoseña, sancionada en el año 1994". "Esto no altera los derechos individuales, porque la salud no es un bien individual sino social", aseguró.
Sobre el cumplimiento de esta normativa, el diputado por el PJ dijo que ciertas leyes "necesitan sí o sí la reglamentación, pero que no se haya reglamentado no quiere decir que no impere". Entre las prohibiciones de esa ley, como la de fumar en espacios públicos estatales, aclaró que "rige y sigue rigiendo". "Lo que no estaba incluido en esa ley era la prohibición de fumar en espacios públicos privados, como bares", remarcó.
También señaló que "cuidando al fumador pasivo, la ley es muy rígida. Pero también existen normas que apuntan a dos cosas: disminuir la oferta y el hábito tabáquico, y también disminuir la demanda. Se va a apuntar a una campaña de concientización", aseguró.
Norma
Publicada en el Boletín Oficial del 14 de junio pasado, la Ley 26.687 regula la publicidad, promoción y consumo de productos elaborados con tabaco a los fines de la prevención y asistencia de la población ante los daños que produce el hábito de fumar.
La norma comprende a todo lo referido a los productos elaborados con tabaco, y los que sin serlo pueda identificarse con marcas o asociarse con ellos, de origen nacional o importado. También estipula definiciones para el consumo de estos productos, y las emanaciones que se desprenden por su combustión, así como también la publicidad y promoción de cigarrillos.

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