A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, el ministerio de la Producción estableció excepciones al mecanismo de restricción del ingreso de productos del exterior. Es para insumos directos que pueden afectar la producción
El Gobierno moderó hoy el alcance de las restricciones para el ingreso de productos importados a través de mecanismos de excepción, ante la posibilidad de afectar a bienes necesarios para la producción.
Se trata de la resolución 77 publicada hoy en el Boletín Oficial, que modifica los alcances de la resolución 45 del 14 de febrero pasado sobre la extensión de las Licencias No Automáticas (LNA).
El escrito firmado por la ministra de Industria, Débora Giorgi, señaló que la medida se adoptó ante la "necesidad de efectuar modificaciones a la norma, debido a que corresponde unificar criterios en cuanto a los términos de emisión y validez respecto de las Constancias de Excepción establecidas en la resolución 45". La resolución 45, que ampliaba el alcance de las LNA a 200 nuevos productos, entraba hoy en vigencia, pero Industria extendió las excepciones.
Según se indicó, estas excepciones tendrán una vigencia de entre 60 y 180 días corridos a partir de la fecha de su emisión; serán de carácter nominativo e intransferible, y entregadas sólo a sus titulares o a los representantes legales o apoderados debidamente acreditados.
Originalmente, la extensión de las nuevas LNA incluyó productos metalúrgicos, electrónicos de consumo, hilados y tejidos, autos de alta gama, moldes y matrices, vidrio, bicicletas y partes de bicicletas, entre otros.
No obstante, la norma contempla mecanismos de excepción para determinados insumos directos, de manera de garantizar el normal abastecimiento de la producción nacional, como por ejemplo algunas autopartes, metalmecánica, notebooks, netbooks y celulares, textiles, juguetes y bienes de capital. El mecanismo de excepción exige una certificación que debe ser tramitada ante la Secretaría de Industria.
Tal como estaba estipulado, la medida entra en vigencia tras cumplirse los 20 días de su firma al publicarse en el Boletín Oficial, aunque para las importaciones que llegan por vía fluvial comenzará a regir a los 60 días de la firma.
Además, la resolución 45 mantiene una resolución complementaria que permite anexar 12 nuevas posiciones (de automotriz y metalmecánica) para ingresar al país, tramitando el mecanismo de excepción.
Los mecanismos de excepción, en el caso de la industria automotriz se aplicaron para permitir a las fábricas importar aquellas piezas que no pueden sustituirse localmente, y rige tanto para terminales como para autopartistas.

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