Un juzgado dio lugar al planteo de que la norma fue aprobada luego de que realizaran los pedidos de habilitación y la inversión. Y aducen que la exigencia de contar con un cajero de habla hispana es discriminatorio. La Asociación de Comercio afirma que la legislación no busca perjudicar a nadie sino proteger el trabajo local.
“Es compleja la situación porque cuando en agosto del año pasado nosotros comenzamos a movilizarnos para fijar reglas para la actividad comercial que no tiene intenciones de perjudicar a nadie, sino tan sólo proteger al trabajo local, también la familia oriental avanzó en la presentación de documentaciones para lograr la habilitación de los dos nuevos locales y aunque -por decisión del Concejo- estaba suspendida hasta enero la habilitación para abrir comercios, ellos siguieron trabajando tanto en la construcción de una de las instalaciones como en el alquiler de otra”, comenzó explicando a El Litoral el presidente de la Asociación de Comercio de Curuzú, Rafael Elías.
Tras lo cual continuó diciendo: “Nosotros en los meses siguientes avanzamos en la promulgación de una ordenanza, es más, en octubre se aprobó una con 32 artículos que estipuló que no se puede abrir otro súper a menos de 800 metros de otro ya existente, que debe existir una determinada distancia entre góndolas, contar con playa de estacionamiento e inclusive que quienes cobran en las cajas deben hablar en idioma hispano para evitar así malentendidos sobre precios u otras cosas relacionadas al servicio. Sin embargo, todos estos requisitos no regirían para los dos nuevos supermercados”.
Justicia
Es que, la familia propietaria presentó un recurso de amparo ante un juzgado local alegando que ellos iniciaron los trámites de habilitación y realizaron inversiones antes de que fuera aprobada la nueva reglamentación y que como ésta no tiene una cláusula retroactiva, estarían eximidos de su cumplimiento. Además, habrían expresado que el artículo que establece que “las personas encargadas de cobrar al consumidor deberán ser de habla hispana como lengua nativa”, es de carácter discriminatorio.
Con respecto a esto, Elías insistió en que “no se está en contra de nadie, lo reglamentado es para proteger el trabajo local porque por ejemplo con la apertura de dos nuevos supermercados serán 19 los que funcionan en el centro de la ciudad, lo cual ya es un número considerable. Si abrieran sus puertas en los barrios, no habría inconvenientes, al contrario, sería bienvenido porque allí la gente reclama precisamente contar con opciones de comercios”.
“Y el requisito para los cajeros es para evitar que por ejemplo quien cobre, aduzca que no le entiende al consumidor un determinado reclamo y así ignore sus derechos”, añadió el titular de la Asociación de Comercio local.
Pero más allá del punto de vista que tienen en el sector y del malestar que existiría en varios de sus socios, Elías manifestó que sería infructuoso apelar el fallo. “Ya nos reunimos con el Intendente y el nos exhibió la copia de la medida judicial y queda claro que la ordenanza no es retroactiva y que mientras se elaboraba la nueva legislación, el grupo familiar empresarial siguió con las gestiones para abrir sus comercios”, destacó Elías.
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