Más acusaciones contra psicólogo de la Justicia

Más acusaciones contra psicólogo de la Justicia
El abogado Rodríguez Allende, de la familia de Horacio Eyssartier, ampliará la imputación contra el profesional Francisco Javier Marin, por mala praxis.

La denuncia por mala praxis contra el médico Francisco Javier Marín realizada por el abogado Marcos Rodríguez Allende, representante de la familia de Horacio Martín Eyssartier, que murió el 31 de diciembre de 2012 puede terminar en un verdadero escándalo.

El profesional que se desempeña en el Juzgado de Ejecución de Penas de Paraná como psicólogo no figura en los registros del Colegio de Psicólogos de Entre Ríos (Coper) ni en los registros de la Asociación de Psiquiatras de la Argentina (APA), aseguró a UNO anoche Marcos Rodríguez Allende.

Tal cual publicó UNO el domingo, Marín fue denunciado por mala praxis por la familia de Horacio Eyssartier, un joven de 33 años que murió hace ocho meses. Los querellantes entienden que luego de 10 años atención psicológica y psiquiátrica, el profesional es responsable del fallecimiento del joven. La denuncia está radicada en el juzgado Nº 2 a cargo de Mauricio Mayer.

“Tenemos todas las pruebas para afirmar que hay un ejercicio ilegal de la psicología y psiquiatría, ya que no hay registro que habilite a Marín a ejercer las profesiones que dice tener”, afirmó Allende.

En la investigación se pudo determinar que Marín atendía al joven en un consultorio privado ubicado en la zona céntrica. Allende volvió a insistir en que “el médico no posee ni poseía una matrícula habilitante, lo que es necesario dadas las características de la problemática de Horacio”. Y reflexionó: “Debía tener una matrícula como psiquiatra”.

“El lunes voy a estar pidiendo la imputación por ejercicio ilegal de la Psicología y Psiquiatría; la matrícula que él tiene lo habilita como médico”, sentenció el abogado, quien pidió que la Justicia aclare cómo ingresó el profesional al Juzgado.

Comunicado del Coper

El Colegio de Psicólogos informó a UNO: “No consta en nuestros registros que esté matriculado (Francisco Marín) y tampoco que haya iniciado ningún trámite de matriculación”. Se señaló que “el padrón de matriculados está a disposición de la comunidad”. En cuanto a la inscripción en la Matrícula, la Ley Nº 7.456 establece en su artículo 7 que para ejercer la profesión de psicólogo en Entre Ríos se requiere estar inscripto la matrícula del Coper. Además, la ley en su artículo 14 dice: “Jerarquía: toda institución oficial, privada o mixta que requiera las funciones propias de la profesión de Psicología, deberá cubrir los cargos respectivos con los profesionales a que se refiere el artículo 8”, es decir que tengan los recaudos necesarios para la inscripción”. Por ende se desprende que el Poder Judicial está violando la normativa vigente.

La ley de creación del Coper exige la matriculación para el ejercicio profesional ya sea en el ámbito privado o público, en cuanto ello resulta esencial para el cumplimiento de sus funciones.

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