El STJ aclara que previó que el presupuesto 2015 incluya los cargos de Defensor General y Adjunto

El STJ aclara que previó que el presupuesto 2015 incluya los cargos de Defensor General y Adjunto

No obstante su instrumentación dependería de la aprobación de créditos por $ 762.655 anuales requeridos por el Poder Judicial y sujetos a acompañamiento legislativo.

El Superior Tribunal de Justicia del Chaco aclara con relación a publicaciones periodísticas que el presupuesto del Poder Judicial 2015 prevé la designación de los cargos de defensor general y defensor general adjunto, dentro de lo que se denominaron “objetivos propuestos”. Así se lo hizo saber a la Cámara de Diputados en la reunión mantenida con la comisión de hacienda el pasado jueves 6 de noviembre.

Esto último tiene relación con el proyecto de ley 121/14, cuyo costo de $762.655 anual también fue informado a la comisión en igual fecha; e incluido en el presupuesto reprogramado. De aprobarse los créditos requeridos por el Poder Judicial se estaría en condiciones presupuestarias para designar a dichos funcionarios, lo que quedará sujeto a la aprobación por parte la Cámara de diputados del proyecto que incorpora estas figuras en las escalas de remuneraciones pertinentes.

Asimismo dentro de los “objetivos propuestos” también fue incluido el costo de recategorización de los defensores oficiales (penales, civiles y asesores) quienes de acuerdo a la ley 7321 pasarían del 72% actual al 82% (similar a un fiscal de investigación penal).

Esta medida está relacionada con el proyecto de ley Nº 3281/14 elevado por el presidente del STJ, Rolando Toledo, el 12 de agosto, cuyo costo también fue informado a la comisión en la mencionada reunión.

Cabe destacar en toda la provincia existen actualmente 37 cargos cuya recategorización asciende a un costo anual de $2.406.045. De aprobarse los créditos requeridos y el proyecto de ley presentado se estaría en condiciones presupuestarias para proceder a la misma.

Sobre la base de lo informado surge que no se pudieron presupuestar como gastos ordinarios tales remuneraciones toda vez que no están vigentes las leyes respectivas.

Por otra parte, en relación con que el incremento de la población no fue acompañado con la creación de nuevos cargos de defensores públicos, cabe señalar que con la sanción de la ley 4369 (estatuto jurídico del menor de edad y la familia) se crearon en la sede de cada juzgado del menor de edad y la familia las asesorías de menores de edad. Las mismas funcionan en la primera circunscripción (las número 1, 2, 5 y 6, pertenecientes al fuero civil; 3 y 4 al fuero penal); así como en cada circunscripción judicial en la que existe un juzgado del menor de edad y la familia (con excepción de General San Martín, en el que hay un juzgado de fuero universal).

Indudablemente, al absorber la competencia en cuestiones de menores y familia (cuestiones de familia, alimentos, violencia de género, abuso a niños, trámites para personas indocumentadas, entre otras causas) se redujo el volumen de trabajo que antes era exclusivo de las defensoría civiles.

Cabe agregar que cada juzgado de Menor de Edad y Familia cuenta con equipos interdisciplinarios que asisten y asesoran a los jueces y asesores de menores; integrados por un cuerpo de profesionales con capacitación permanente en sus respectivas disciplinas de trabajo.

Desde el Superior Tribunal de Justicia se atienden los requerimientos para que puedan dar adecuada respuesta a las necesidades del servicio. A través de la Dirección de Tecnologías se brinda asesoramiento informático a fin de optimizar el funcionamiento interno y por resolución 1289 del 20 de agosto de 2014 se ha dado intervención al Centro de Estudios Judiciales a fin de que organice cursos de capacitación para enseñarles técnicas de actuación para el abordaje y contención de quienes se presentan como víctimas que acuden a la justicia solicitando protección.

También fueron capacitados por los equipos técnicos de la Dirección Nacional de Registro Único de Aspirantes a Guarda con fines de Adopción, junto a los Asesores de Menores y el Registro de Adoptantes, en un tema tan sensible para la sociedad, como lo es la evaluación de los futuros aspirantes a la adopción, lo que se dispuso por acuerdo 3283 punto 2º, de fecha 19 de junio de 2013.

En relación con la aplicación del Código Civil, y estando prevista su vigencia a partir de enero de 2016, que resulta prematuro aventurar hipótesis respecto a la falta de fortalecimiento para los equipos interdisciplinarios y asesorías del menor, cuando el instrumento legal fue recientemente sancionado.

Por otro lado el edificio que actualmente ocupan las defensorías ha sido refaccionado a través de una obra ejecutada por Administración, que insumió cuatro meses de trabajo del personal afectado al Departamento de Mantenimiento del Poder Judicial. El costo entre mano de obra y materiales ascendió a $2.361.208. Según consta en los registros de la obra denominada edificio torre III del fuero civil de Resistencia, las defensorías civiles se ubicarán allí en forma definitiva.

Finalmente se destaca que aún aguarda tratamiento en el recinto parlamentario el proyecto de ley 2089/13 (que crea en el ámbito del Ministerio Público dos defensorías oficiales en lo civil, comercial, laboral y familiar en la primera circunscripción, y una en cada una de las restantes circunscripciones) presentado por el diputado Fabricio Bolatti y puesto a consideración del STJ, luego de las modificaciones propuestas por el Alto Cuerpo.

Comentá la nota