Hablamos sobre la accesibilidad electoral diciendo que son las medidas, procedimientos y normativas que tienen como finalidad el poder acceder de forma plena e integral al proceso electoral.
El voto asistido es cuando un elector con discapacidad visual ó alguna limitación permanente, puede optar por sufragar con la asistencia de una persona de su confianza.
Sobre las recomendaciones generales decimos que las personas con discapacidad saben qué tipo de asistencia necesitan y cómo quieren ser ayudados, por eso hay que escucharlos y respetar sus indicaciones.
Pero más que nada hay que procurar hacer efectiva la prioridad y el acceso al voto de las personas con discapacidad o con reducción en su movilidad en su visión o en su audición. También hay que informar a los electores sobre la existencia del Cuarto Oscuro Accesible (COA) y del dispositivo para el voto de personas ciegas.
Si el elector no puede firmar, tendrá que hacerlo el presidente de mesa, quien deberá dejar constancia de la situación en el espacio de observación del padrón y si un votante con discapacidad se presenta acompañando por un perro guía, hay que permitirle ingresar al cuarto oscuro con el animal.
Si es autoridad de mesa del COA, deberá observar que el mismo se encuentre debidamente señalizado e identificado; observar la correcta colocación del dispositivo para personas ciegas, las etiquetas en cada bolsillo y la existencia de más de una boleta en cada uno de ellos. Si fuese necesario, solicitar ayuda al personal de seguridad.
Cabe recordar por último que esta Accesibilidad Electoral se dirige también a adultos mayores, mujeres embarazadas, personas que sufren lesiones temporales en miembros superiores e inferiores y personas con diversas capacidades invisibles.
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