Estaba acusado de portación de arma de guerra y encubrimiento. El fallo plantea la falta de conocimiento de los efectivos en estos procedimientos.
El fallo vuelve a poner en evidencia una situación que aparece en muchos debates orales cuando graves errores en los procedimientos por parte de algunos efectivos dejan en evidencia falencias en las instrucciones y provocan la caída de las causas.
El veredicto y sentencia con la firma del juez Facundo Gómez Urso cerraron la causa 4.146 que se le seguía a Miguel Angel Paiz tras un operativo acontecido en noviembre de 2012, y se conocieron tras el juicio que se desarrolló en el Tribunal Criminal 1.
Según el fallo, “conociendo la irregularidad e incumplimiento de sus deberes (…) los funcionarios policiales no sólo omitieron convocar a un testigo para garantizar la legalidad y transparencia del procedimiento sino que, dolosamente, trataron de hacer "trampa", insertando en el acta de procedimiento datos falsos”.
Los efectivos policiales intervinientes demostraron un “absoluto desconocimiento (…) en relación a los protocolos de preservación de evidencias y al resguardo de las respectivas cadenas de custodia en cada caso”. La reiteración de estos incidentes han generado la caída de otros procedimientos, impidiendo que muchas aprehensiones se conviertan en detenciones efectivas.
Una serie de errores
Los tres policías que intervinieron en el procedimiento simularon la presencia de un testigo que nunca existió. La existencia de un testigo para garantizar la regularidad y legalidad de todo procedimiento policial se presenta como un paso casi inexorable en tal sentido. Sin embargo solo tomaron los datos de una persona que circulaba por la zona y a la noche fueron a su casa para que firmara las actas con el relato del procedimiento.
Además de esta irregularidad, durante el juicio pudo comprobarse un gran desconocimiento en relación a los protocolos de preservación de evidencia y resguardo de las cadenas de custodia.Además de esta irregularidad, durante el juicio pudo comprobarse un gran desconocimiento en relación a los protocolos de preservación de evidencia y resguardo de las cadenas de custodia.
Los efectivos policiales indicaron, entre otras cosas, “no recordar que arma era”, que “estaba desarmada”, que “estaba completa”, que “no pude ir hasta donde estaba el arma”, que “no vi cuando la tiraron”. Una serie de irregularidades que confirmaron al declarar que la policía no tiene protocolo para levantar las armas, sino que las secuestran “y ya”. Nunca quedó probado el hecho inicial ni que el sujeto arrojara elemento alguno.
En su declaración el testigo confirmó que nunca le mostraron ningún arma de fuego, que solamente le tomaron los datos pero no se quedó a presenciar el operativo y que horas más tardes los policías fueron a su casa y le dijeron que tenía que firmar el acta.
Las graves irregularidades cometidas durante el operativo demostraron que no se trató solamente de un procedimiento llevado a cabo sin testigo, sino de un procedimiento en el cual el personal policial simuló que hubo un testigo presente durante la supuesta incautación de un arma de fuego.
Por tal motivo, la Justicia dispuso la nulidad absoluta del procedimiento y dictó un veredicto absolutorio al imputado Miguel Angel Paiz, ordenando su libertad, ya que se encontraba con arresto domiciliario.
Una copia del fallo se remitió al Fiscal General Departamental Fabián Fernández Garello, a fin de que se inicien las investigaciones correspondientes en función de los posibles delitos de acción pública que se desprenden del irregular proceder policial, entre ellos, los de incumplimiento de los deberes de funcionario público, falsedad de documentos y falso testimonio agravado.
Además se remitió una copia de la resolución al Jefe Departamental de Policía, a fin de que instruya las investigaciones administrativas correspondientes frente a las graves irregularidades advertidas en el desempeño del personal policial actuante.

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