El año pasado debía tributar menos de la mitad de esa cifra. El incremento en la cantidad se debe a que no se ajusta el mínimo no imponible del gravamen, mientras que los sueldos suben 25% promedio al año.
Esta suma duplica el número de personas que, en la provincia, debió abonar este gravamen el año pasado y se debe, básicamente, a que no se ajusta el mínimo no imponible del impuesto –que actualmente se ubica en 4.818 pesos para un trabajador soltero y $ 6.665 para un casado con dos hijos-, mientras que los sueldos suben un 25% promedio al año, de acuerdo con el resultado de las primeras paritarias.
Según las proyecciones que manejan diferentes consultoras y economistas, podrían comenzar a pagar Ganancias empleados bancarios, siderúrgicos, camioneros y hasta jubilados. Como ejemplo, un asalariado soltero con un sueldo actual de 4.000 pesos, al recibir un incremento del 25% pasará a cobrar 5.000 pesos, por lo que superaría el mínimo no imponible.
A nivel nacional, de acuerdo con una publicación del diario Clarín, alrededor de 1,8 millones de asalariados y 100.000 jubilados están alcanzados por el pago de Ganancias. Y en las próximas semanas, con los diferentes acuerdos que se perfilan en gremios clave, casi con seguridad más de 2 millones de empleados y asalariados pasarán a tributar este impuesto.
La ley 20.628
La ley que rige la aplicación del impuesto a las Ganancias es la 20.628, que en su artículo 25 establece que los importes de las deducciones generales y personales, como los tramos de la escala para calcular el tributo, tienen que ser actualizados anualmente mediante la aplicación del Índice de Precios Mayoristas nivel general (Ipim) que publica el Indec. Esos conceptos se ajustaron parcialmente o no se actualizaron desde el mes de marzo de 1992, fecha en que la ley 24.073 estableció en su artículo 39 que se suspendía el ajuste de las deducciones y de los mínimos impositivos.
Desde enero de 2002 a la fecha el índice de precios mayorista, según el instituto oficial, varió en un 357%. Al seguir este camino de razonamiento, entonces, y de respetar la norma en sentido de ajustar las deducciones y escalas que se usan para calcular la retención, un trabajador soltero recién pagaría impuesto a las Ganancias cuando su sueldo neto superase los $ 6.159 mensuales (hoy $ 4.818).
Mientras que un empleado casado cuando percibiera un sueldo neto mayor a $ 6.876 (hoy $ 5.741) y uno casado con dos hijos, cuando fuera mayor a $7.593 (hoy $6.664).
Por otra parte, lo que se descuenta en Ganancias comprende a las deducciones personales: el mínimo no imponible, la deducción especial y las cargas de familia; y las deducciones generales: seguro de vida, gastos de sepelio e intereses hipotecarios, entre otras.
El primer grupo se actualizó el año pasado un 20%, pero ese incremento no equiparó el aumento que hubiera tenido con el índice de precios. El último ajuste del segundo grupo se produjo en 1992 (seguro de vida y gastos de sepelio) y en 2001 para los intereses hipotecarios. Además, los tramos de ingresos por los que se calcula el impuesto tampoco se ajustaron, lo que provocó que la alícuota más baja (9%) la paguen menos trabajadores de los que la debían haber pagado.
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