Hay 520 condenados por delitos de lesa humanidad

Hay 520 condenados por delitos de lesa humanidad
Un informe de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad precisó que 114 del total de represores y cómplices de violaciones a los derechos humanos cometidos durante la última dictadura cívico militar tienen condena firme, en tanto que 1135 están procesados. Se indicó también que, desde que se iniciaron los juicios en 1983, hubo 123 procesos penales, 108 de ellos a partir de 2004.

El resumen del informe dado a conocer por Télam destaca especialmente que a partir de 2012 “se ha prestado especial atención a las investigaciones sobre la responsabilidad de actores civiles involucrados en el terrorismo de Estado, que comprende dos subgrupos: por un lado, el de los funcionarios de gobierno y judiciales, por el otro, el de los empresarios y grupos económicos”.

En ese sentido, se subraya el juicio en la provincia de Mendoza donde son juzgados cuatro exjueces federales -Rolando Evaristo Carrizo Elst, Luis Francisco Miret, Guillermo Max Petra Recabarren y Otilio Ireneo Roque Romano Ruiz-, y procesos similares en Mar del Plata, Chaco y La Rioja.

Sobre la complicidad de empresarios con el terrorismo de Estado, el relevamiento menciona la elevación a juicio en las causas donde están procesados exdirectivos de Ford y La Veloz del Norte, y las investigaciones abiertas con relación a exdirectivos de Acindar Molinos y la filial cordobesa de Fiat, además del procesamiento del dueño del ingenio Ledesma, Pedro Blaquier.

El informe concluye que durante el año 2013 finalizaron 24 juicios y, en lo que va del 2014, diecisiete, en tanto hasta el momento, son 12 los juicios orales y dos los escritos que ya tienen fecha de inicio.

Nuevo paso por la Masacre de Trelew

La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Liliana E. Catucci, Mariano Hernán Borinsky Alejandro W. Slokar, dictó sentencia la semana pasada por la Masacre de Trelew en los tribunales de Comodoro Py.

El Tribunal, por unanimidad, confirmó que el hecho formó parte de un plan sistemático y generalizado contra la población civil y que, por lo tanto, es un delito de lesa humanidad. Asimismo, rechazó los recursos de las defensas de Luis Emilio Sosa, Emilio Jorge Del Real y Carlos Amadeo Marandino, confirmando las condenas a prisión perpetua dictadas el 15 de octubre de 2012 por el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia en Rawson.

Además, la Cámara revocó las absoluciones de Jorge Bautista, ex juez militar designado para realizar la investigación de la Masacre, y de Rubén Norberto Paccagnini, entonces jefe de la base Almirante Zar. En el fallo se ordenó remitir las actuaciones al tribunal de origen para que dicte, con celeridad, un nuevo pronunciamiento.

De esta manera, la Cámara hizo lugar a los recursos del Ministerio Público Fiscal y del CELS, presentado por Daiana Fusca, Santiago Felgueras y Andrea Rocha, quienes junto al abogado Eduardo Hualpa representan a los familiares de Pedro Bonet, Carlos Astudillo, Adrián Toschi, Eduardo Capello, Susana Lesgart, Carlos Del Rey, Miguel Polti, Alberto Camps y Mario Delfino.

Los hechos sobre los que se pronunció la Cámara se originaron el 15 de agosto de 1972, con la fuga de veinticinco presos políticos que se encontraban en la Unidad 6 del Servicio Penitenciario Federal de Rawson. En esa oportunidad seis de los prisioneros lograron escapar a Chile. Los diecinueve restantes se entregaron a las autoridades y fueron detenidos en la base aeronaval Almirante Zar, donde permanecieron incomunicados. Seis días después, en la madrugada del 22 de agosto, fueron fusilados por personal de la Armada. Dieciséis de ellos murieron y tres lograron sobrevivir.

En esta sentencia se atribuyeron responsabilidades penales por delitos perpetrados en el contexto represivo de principios de la década de 1970. Para la Cámara, la masacre “constituye sólo una porción del universo de criminalidad estatal verificado durante el régimen militar imperante al momento del hecho”.

Otra masacre a investigar

Esta semana, además, el juez federal Daniel Rafecas concluyó que los hechos ocurridos el 14 de marzo de 1978 en la cárcel de Devoto, conocidos como la Masacre del Pabellón Séptimo, donde murieron al menos 65 presos quemados, asfixiados y fusilados por balas del Servicio Penitenciario Federal, deben ser considerados “graves violaciones a los derechos humanos” que no prescriben y que, como permanecen impunes, exigen la reapertura del expediente judicial. A su vez, contra la aspiración de máxima de los sobrevivientes que impulsan la investigación, Rafecas sostuvo que no se puede considerar a esta matanza como crimen de lesa humanidad y sostuvo que debe tramitar en la Justicia ordinaria.

Cuando se conoció, en dictadura, la historia de las muertes en Devoto fue contada como el desenlace de un “motín” en que los presos habían prendido fuego a los colchones, en un ataque a los agentes penitenciarios. Los testimonios viejos y recientes de los internos de ese y otros pabellones e incluso de algunos penitenciarios, permitieron reconstruir que en la noche del 13 de marzo hubo una discusión en el horario de mirar el único televisor disponible. Al día siguiente todo el Pabellón Séptimo fue sometido a una requisa mucho más feroz que las habituales, con doble cantidad de agentes, una violencia inusitada y que derivó en disparos de armas largas.

La causa fue cerrada en julio de 1978, sobreseída, con una “versión oficial” trucha, afirma Rafecas.

En 1984 se reabrió el caso y se volvió cerrar en 1986. Dos años atrás, se presentó en los tribunales Hugo Cardozo, sobreviviente, para que se reabra la causa.

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