La Cámara de Senadores evalúa un proyecto para acelerar el reintegro de las viviendas a los damnificados de usurpación. Actualmente los trámites para desalojar a las personas que cometieron el delito son muy lentos.
El proyecto de ley, presentado por Mones Ruiz, sugiere la incorporación del artículo 242 bis al Código Procesal Criminal de la Provincia, el cual permitirá que, a pedido de la víctima, el juez disponga provisionalmente el reintegro del inmueble aún sin dictar el procesamiento: “La solicitud deberá ser resuelta en el menor tiempo posible”, resalta el documento.
“La finalidad es que en un tiempo razonable el juez tenga la facultad de restituir el inmueble y tratar de terminar con la discusión jurídica, en torno a si es competente o incompetente. Con esta reforma del Código Procesal Penal el juez va a ser competente”, aclaró el senador.
El proyecto fue presentado en la Cámara de Senadores esta semana y fue asignado a la comisión de Legislación General. En la redacción del documento participaron el senador Mones Ruiz y su asesor el ex juez de Menores Santiago Ortiz.
Para Mones Ruiz, las leyes actuales están estructuradas para sancionar al delincuente y no para reparar el daño a la víctima, que a veces debe esperar años para recobrar su casa.
“Analicé un caso acá en Villa Mercedes donde después de cinco años de usurpación de la vivienda, con todos los procesos penales correspondientes, suspendieron oficio prueba. El delincuente se presenta pide suspensión de oficio prueba, ofrece reparar el daño, con diez litros de leches y cinco kilos de fideos por mes al hogar Santa Teresita, el juez lo toma por válido suspende el juicio a prueba y luego de cinco años sigue viviendo en la casa usurpada y a la víctima le dice que vaya por la vía civil. Son casos extremos, temas complejos”, ejemplificó el legislador.
El delito de usurpación abarca inmuebles rurales y urbanos, terrenos, campos y casas. El caso más común en Villa Mercedes es la apropiación de viviendas en los barrios construidos por el gobierno de la Provincia. “La usurpación es un delito instantáneo, se consuma en el momento en que entras a la casa, pero los efectos son permanentes porque perdés la posesión del inmueble. No podes esperar cinco años para recuperar tu vivienda”, insistió el senador. Monez Ruiz resaltó que mientras en Mercedes es más común la usurpación de casas, en el norte de la provincia las usurpaciones perjudican a propietarios de terrenos baldíos.
“El juez penal investiga el delito, pero cuando llega el momento de desalojar a la persona que lo ha cometido te dice que es una cuestión civil, y vos has estado tres años para que lo procesen, y cuando llega el momento te dicen que inicies un nuevo juicio esta vez civil para el desalojo, es una locura. Es una vieja doctrina. Pero cómo hacemos con la jurisprudencia actual para solucionar en un tiempo razonable, que le devuelvan la casa a la víctima del delito de usurpación”, recalcó el senador provincial.

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