Vecinalistas vuelven a votar para desempatar la elección

Las sociedades de fomento deberán optar entre los candidatos vecinalistas Walter Rodríguez y Juan Junakovic. Uno de los dos acompañará en la terna para la defensoría a Rizzi y Cuesta. La decisión final la tendrá el Concejo Deliberante.
Las 54 sociedades de fomento inscriptas para elegir al defensor del pueblo deberán optar hoy entre los vecinalistas Walter Rodríguez y Juan Junakovic, candidatos que empataron en la elección. Uno de los dos acompañará al ex concejal radical Fernando Rizzi y al ex titular de la Asociación Bancaria Fernando Cuesta, quienes ya fueron elegidos con el voto de los colegios profesionales y las organizaciones no gubernamentales (ONG), respectivamente. La decisión final la tendrá el Concejo Deliberante, que analizará la terna propuesta y designará al nuevo defensor del pueblo y sus adjuntos con el voto favorable de las dos terceras partes del cuerpo legislativo.

La nueva votación se hará hoy, de 17 a 20, en el recinto de sesiones del Concejo. El padrón será el mismo que participó en la votación de la semana pasada: 54 electores habilitados elegirán por simple mayoría a Rodríguez, del barrio San Patricio, o a Junakovic, de Los Pinares. Los votos de los fomentistas serán emitidos por escrito y depositados en una urna.

La decisión de realizar un desempate entre los dos candidatos que obtuvieron la misma cantidad de votos por parte de las sociedades de fomento fue tomada por los presidentes de bloque del cuerpo legislativo.

Tras el desempate, mañana se realizaría una sesión especial en la que el Concejo nombrará -por dos tercios de los votos- al defensor del pueblo y sus adjuntos. La persona elegida reemplazará en el puesto a la actual titular del organismo, Beatriz Arza, cuyo mandato vencerá el 28 de julio junto al de los defensores adjuntos Cristian Azcona y Mónica Felices (ambos renunciaron recientemente a sus cargos para ser candidatos a concejales), al cumplirse cinco años desde la fecha de la designación, ocurrida en 2008.

La semana pasada los colegios de profesionales y las ONG eligieron a Rizzi y Cuesta como sus candidatos favoritos y propusieron su designación formal ante los concejales. Hoy se conocerá el postulante de las sociedades de fomento. De esa terna surgirá el nombre del defensor del pueblo y sus adjuntos.

En la primera convocatoria votaron 48 de los 49 fomentistas anotados previamente. Además, en el horario de votación también terminaron de cumplimentar los trámites de inscripción otros 5 electores, que finalmente pudieron sufragar. En total, por este sector votaron 53 personas. Asimismo, en la primera jornada habían votado 21 electores de los colegios profesionales; y en la segunda, 119 electores de las ONG.

En esta elección se presentaron 73 candidatos, un número superior al registrado en los últimos comicios de 2008, cuando se inscribieron 33 postulantes. En cambio, la cantidad fue inferior en relación a las elecciones de 2002, año en que se anotaron más de 100 aspirantes al cargo.

El término de las funciones del ombusdman será de cinco años, con la posibilidad de ser reelegido por otro período consecutivo. Para su nombramiento deberá cumplir con los mismos requisitos establecidos que para ser concejal.

La defensoría, que fue creada en el 2000, actúa con plena autonomía funcional y política sin recibir instrucciones de ninguna autoridad. Su función es controlar la aplicación de la legislación municipal por parte de los funcionarios y agentes municipales, atender y gestionar las denuncias y reclamos de particulares que tengan que ver con cuestiones de orden nacional y provincial.

El objetivo del defensor del pueblo será la protección de los derechos de toda persona física o jurídica del partido de General Pueyrredon, que invoque un interés legítimo y sin ningún tipo de restricción. "No podrán constituir impedimento para ello la nacionalidad, religión, residencia, sexo, minoría de edad, la incapacidad legal del sujeto, el internamiento en un centro penitenciario o en general cualquier relación de sujeción o dependencia de una administración o poder público. Deberá abogar también por la defensa de los derechos de pertenencia difusa o colectiva de la comunidad", dice un artículo de la ordenanza. Y agrega: "Su intervención tendrá lugar frente a los actos, hechos u omisiones que impliquen un ejercicio ilegítimo, arbitrario, abusivo, negligente o de manifiesta impericia de la función pública municipal. Fundamentalmente, cuando estas deficiencias generen errores administrativos, demoras excesivas de trámites, desconsideración de trato hacia el público, delitos o irregularidades administrativas".

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