La urbanización fue pedida para instalar un vivero. Pero los lotes se venden para construir viviendas y hoteles

Se desprende de un dictamen del Ministerio de Infraestructura bonaerense que no viabiliza el proyecto de cambio de zona, pero además pone en evidencia que los agrimensores que trabajaron en la ordenanza no ubicaron bien el predio, pusieron Noreste cuando debió decir Sureste.
Además, deja claramente expresado que la red eléctrica debe ser subterránea para no desvirtuar el paisaje, y de hecho el tendido es aéreo. La oposición no habló... ¿No los habrán dejado?

Un escueto orden del día trató el jueves el Concejo Deliberante, teniendo como tema principal dos minutas de comunicación relacionadas con la urbanización del denominado ‘Cerro del Amor’, en Villa Arcadia, proyecto que implica prácticamente la fundación de una nueva localidad porque tiene una superficie de más del doble del actual poblado serrano, pero dejando sin urbanizar un sector en el medio, razón por la cual la Provincia exige que no se urbanice sectores puntuales sino que se confeccione un proyecto totalizador.

En este tema específico trabaja el presidente del Bloque del PJ disidente, el concejal Hugo Javier Bilbao, quien en un primer proyecto, precisamente, le exigió al Ejecutivo municipal que “informe las razones por los cuales en el expediente 4028-497/08, a los efectos de permitir la instalación de un emprendimiento urbanístico, lo aborda a través de un cambio de zona puntual, en vez de hacerlo a través de un plan de sector, como lo indican las autoridades provinciales responsables de elevar la documentación previa a la convalidación de cualquier ordenanza que pretenda la modificación del suelo”.

El pedido concreto surgió a partir de desprenderse de un informe provincial que “en conversaciones mantenidas con agentes municipales – tanto en esta dependencia como en la comisión realizada a ese Municipio el 15 de septiembre de 2008 – sobre éste y otros expedientes por los que se tramitan cambios en la zonificación vigente a fin de permitir la instalación de emprendimientos urbanísticos, en función de que se tratarían la ampliación del área urbana, esta dirección ya ha transmitido que considera que el abordaje al tema no debiera realizarse a través de un cambio de zona para un emprendimiento puntual – lo cual constituye una excepción en la normativa hoy vigente – sino a través de un plan del sector que revea en forma integral el ordenamiento del territorio”.

El edil justicialista realizó una defensa de su minuta utilizando conceptos ya publicados en ediciones anteriores. Sorprendentemente, porque en la edición anterior ejercieron una defensa a ultranza de la ordenanza que pretende urbanizar el ‘Cerro del Amor’, que ahora está en una comisión del Cuerpo, el bloque oficialista no abrió la boca, nadie opinó nada y aprobaron la minuta de comunicación. Esto implica que hasta tanto se brinden los informes que se solicitan, con la información acabada sobre los problemas planteados, será difícil que el proyecto de ordenanza vuelva al recinto para ser debatido y, en su defecto, aprobado o rechazado”.

“Un papelón”

Al punto siguiente, el concejal Hugo Bilbao insistió con el tema de la urbanización del ‘Cerro del Amor’, ya que le solicita al Departamento Ejecutivo que “si previo a la elevación a este Cuerpo del proyecto de ordenanza que tramita por el expediente 4028-92/10, ha sido enviada a la Dirección de Gestión Urbana de la Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial, a la Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial, y a la Subsecretaría de Urbanismo y Vivienda, todos ellos dependientes del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires, y en caso afirmativo, nos informe su opinión”, agregando que “en caso de no haber sido enviadas, nos haga saber las razones por las que contradice la opinión de los mismos”.

Y en este punto el concejal Hugo Bilbao brindó detalles de dos informes del Ministerio de Infraestructura provincial en donde se marcaron groseros errores cometidos por quienes, sin hacer las consultas que un profesional debe hacer, elaboraron el proyecto de ordenanza solicitando que “la zona comprendida entre el Cerro Veracruz (del Amor) y el Arroyo Sauce Grande sea pasada a zona urbana (residencia extra urbana)”.

En primer lugar, Bilbao expresa que ese dictamen expresa que “no obra como anexo de la ordenanza un plano o gráfico donde se delimite con precisión la ubicación y superficie a afectar al cambio normativo” y señala que “se indica en el informe que forma parte del expediente y que es avalado por autoridades provinciales responsables de auditar el adecuado procedimiento en temas urbanísticos, expresa de manera contundente que no resulta viable la convalidación de la Ordenanza 4580/08, y también sugiere que sería aconsejable que cualquier cambio normativo que necesite de la convalidación provincial sea remitido a ese organismo para su evaluación como proyecto de ordenanza, es decir, previo a su sanción municipal, a fin de evitar derogaciones o nuevas ordenanzas modificatorias”.

Otras cuestiones no menores

Bilbao, dando lectura al informe, expresa que “si bien el recorrido de Villa Arcadia se observa una significativa ocupación de lotes urbanos, debiera verificarse el grado de consolidación parcelaria y la provisión de los servicios, a fin de fundamentar cualquier ampliación” y agrega que “por el interés turístico que reviste, el valor ambiental y paisajístico del lugar y considerando que se deben preservar los recursos naturales, se hace necesario establecer parámetros generales que contemplen y compatibilicen estos temas entre sí a fin de evaluar si es conveniente o no ampliar Villa Arcadia, y si resultará viable, hacía donde y con qué magnitud”.

Indica este primer informe, dado a conocer por el concejal Hugo Bilbao, que “cabe aclarar que la aptitud hidráulica del predio y la factibilidad de provisión de cada uno de los servicios deberán ser certificadas por las autoridades competentes y debidamente documentada en el expediente”.

A modo de conclusión, este primer informe concluye diciendo que “por todo lo expresado no resulta viable la convalidación de la ordenanza 4580/08” y destaca que “sería aconsejable que cualquier cambio normativo que necesite de la convalidación provincial sea remitido al organismo para su evaluación como proyecto de ordenanza, es decir, previo a su sanción municipal a fin de evitar derogaciones o nuevas ordenanzas modificatorias”.

Ahora bien, esto no terminó acá, ya que un año más tarde, desde el mismo Ministerio se elevó un informe en donde se consigna, entre otras cuestiones, que “vuelven las actuaciones por las cuales la Municipalidad de Coronel Suárez tramita la convalidación de la ordenanza que crea una zona residencial en la parte Suroeste, aunque en el artículo primero dice ‘para Nordeste’, de la parcela identificada catastralmente como Circunscripción XIII, parcela 1684ª, con una superficie aproximada de 40 hectáreas, actualmente perteneciente al área rural, asignándole indicadores y parcelamiento mínimo”.

Es decir, dijo Bilbao, los profesionales que elaboraron el proyecto de ordenanza “no sabían de qué lado estaba el Norte, esta es una de las razones por las cuales insistimos que se debe estudiar esta cuestión específica”.

Agregó Bilbao que “al respecto este organismo (de la Provincia) ha informado, considerando inviable la convalidación de la citada ordenanza y solicitando que ante una nueva presentación que pudiera encuadrarse como ampliación de área urbana cumplimente los requisitos que establece el artículo 17 del decreto ley 8912/77 y atento las características particulares de valor ambiental y paisajístico, fundamente la propuesta teniendo en cuenta criterios de preservación de los recursos naturales”.

A partir de esta reiteración, Bilbao señaló que “la Provincia cuestiona la propuesta de urbanización porque representa el doble de la superficie de la planta urbana existente”, además el edil señala que “en la ordenanza hablan de 41 hectáreas y después hacen referencia a 71 hectáreas”, concluyendo por lo expresado que “en su etapa de prefactibilidad, la aptitud hidráulica del sector incluido en el predio no hace referencia al que tratan las presentes actuaciones”.

Es decir, quien elaboró el proyecto de ordenanza no tenía ni idea de lo que estaba haciendo y además de no saber el Norte, “en el rubro restricciones de la carátula figura que ‘la parcela 1684b se crea a efecto de ser destinada a vivero y actividades de horticultura, cuando todos sabemos que se venden los lotes para construir viviendas e incluso hoteles”.

En definitiva, para dejar en claro que se está frente a un mamarracho y un verdadero papelón, Bilbao dijo que “en la ordenanza 4580 se observa que el artículo primero se refiere a la parte Nordeste de la parcela en lugar de parte Sureste. No define con precisión la superficie de la zona creada, no contiene un plano anexo de los predios involucrados. Carece además de las restricciones de uso y ocupación que devienen de la intervención del AdA por aplicación de las normativas vigentes ante predios linderos a cursos de agua (en este caso el Río Sauce Grande) y de las cesiones correspondientes a espacios verdes y reserva para equipamiento comunitario”.

Por todo esto, por segunda vez, el Ministerio de Infraestructura considera que no es viable la convalidación de la ordenanza que impone un cambio de zona en Villa Arcadia; por lo tanto, la oposición no habrá de considerar el proyecto hasta tanto se eleve al Cuerpo todos los informes que se han reclamado.

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