La medida dispuesta por el juez Rodolfo Novillo, cuyo fundamento no comparto, deja inerme al Poder Judicial frente a la cantidad de vacantes que se están produciendo y puede, en el corto plazo, producir una afectación del servicio de justicia.
Creo que la Corte Suprema de Justicia de la Provincia puede corregir este rumbo como ya ocurrió en 2003, cuando este mismo juez (por Rodolfo Novillo) suspendió el proceso electoral y el alto tribunal revocó esa decisión que se había tomado en la causa Piossek Prebisch. Hay que esperar a ver si la Provincia efectúa una presentación o bien la Corte Suprema se aboca al tema. Ahora lo que adquirió calidad de cosa juzgada es el Jury de Enjuiciamiento, cuya no formación impedía los procesos de juzgamiento y destitución de los jueces de grado. De manera que ahora tenemos dos elementos: no hay cómo designar jueces y sí hay cómo removerlos.
Me sorprende tamaña decisión, cuando un miembro de la misma sala había rechazado ya una cautelar en tal sentido. Lo único ventajoso de todo esto es que se hace dos días antes de que finalice el año judicial; pero al problema hay que atenderlo. En definitiva, creo que si no se puede prestar el servicio de Justicia aparece nítidamente una causal de intervención, y un justificativo es no teniendo jueces para prestar ese servicio.
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