Entre otros temas se habló de los procedimientos y trámites para la inscripción de las propiedades para este fin. El Gobierno aseguró que están controlando a los no registrados.
Los asistentes recibieron información sobre los procedimientos y trámites necesarios para la inscripción de las propiedades de alquiler temporario en la Secretaría de Turismo.
La ley provincial N°7.863, de Propiedades de Alquiler Temporario y su decreto reglamentario contemplan la categorización de la PAT (propiedad de alquiler temporario), los requisitos obligatorios para su inscripción y las sanciones por la falta de cumplimiento en la norma vigente.
En estos días se están reempadronando a aquellos prestadores que estaban registrados bajo la resolución 569/07.
Además, se están implementando fuertes controles de inspecciones a los no registrados, con el propósito de incentivar la legalidad, y así contribuir a la seguridad y la calidad de los servicios turísticos de la provincia, según informó el Gobierno.
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