El titular de la oficina municipal de Defensa del Consumidor, Néstor Trigueros, sacó a la luz los beneficios a los que pueden acceder los jubilados por ley, que para la mayoría de ellos son desconocidos. Van desde exenciones en los impuestos hasta viajes en colectivo gratis y descuentos en servicios.
Entre los beneficios se encuentran: la exención del impuesto inmobiliario y la tasa general de inmuebles (TGI), además de la posibilidad de viajar gratis en colectivo, descuentos del cargo fijo del servicio de agua potable, tarifa diferencial de la luz, descuento del cargo fiduciario de las boletas de gas y hasta una tarifa diferenciada para consumo reducido de telefonía fija.
Para acceder a cada uno de estos beneficios, es necesario reunir ciertos requisitos. Están eximidos de pagar la TGI los jubilados o pensionados que cobren menos de 1.750 pesos y no posean otro inmueble. En tanto, para la exención del impuesto inmobiliario que cobra la API debe tener una jubilación o pensión inferior a 1.946 pesos, ser propietario del inmueble utilizado como vivienda familiar y no poseer otro inmueble.
Los que quieran acceder a viajes gratis en el transporte urbano de pasajeros deben tener 69 años cumplidos, domicilio actualizado en Rosario, percibir ingresos inferiores a la línea de pobreza (1.230 pesos aproximadamente), no poseer más de un inmueble y ningún vehículo.
Servicios. En materia de servicios, jubilados y pensionados que cobran menos de 1.046,50 pesos pueden ser eximidos del cargo fijo por los servicios de agua potable, cloacas y pluviocloacal si son propietarios de una vivienda familiar y el único sostén.
En cuanto a la luz, la Empresa Provincial de la Energía (EPE) otorga la tarifa diferencial de consumo reducido a jubilados o pensionados cuyo consumo máximo no supere los 240 kilovatio hora bimestrales.
Quienes cobran la mínima también pueden estar eximidos del pago del cargo del fondo fiduciario (decreto 2067/08) de Litoral Gas.
En el caso del servicio de teléfono fijo, podrán acceder a una tarifa diferencial de consumo reducido quienes sean titulares de sólo una línea telefónica cuyo consumo mensual no sea menor de un pulso ni superior a 300 pulsos.
Según detalló Trigueros, el beneficio “más usado” es el del impuesto inmobiliario, mientras que pocos reclaman el derecho que tienen a no pagar el cargo fiduciario de la boleta del gas.
El funcionario subrayó que desde Defensa del Consumidor no sólo se atienden los reclamos, sino que también se asesora y hasta se hacen los trámites a quienes estén imposibilitados.
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