El Tribunal Superior de Justicia se expidió a favor de declarar admisible la acción declarativa de inconstitucionalidad presentada el año pasado por el concejal Esteban Dómina. Se trata del plus del 10% adicional que llega con la boleta de Aguas Cordobesas, y que es utilizado por la Municipalidad en concepto de fondo para obras.
Según explicó Dómina a LA MAÑANA Digital, el hecho de que el TSJ haya estudiado el caso, “sienta un precedente muy alentador”. En este marco, se mostró optimista y aseguró: “Hay un precedente muy importante y es el cobro de la Tasa Vial por parte de la Provincia, cuya constitucionalidad se está discutiendo en la Corte Suprema de Justicia. Creo que va a haber dictamen favorable en algún momento”.
El principal argumento del edil para la presentación del recurso extraordinario fue que la Municipalidad de Córdoba carece de potestad jurídica para gravar un impuesto al agua. “Todas aquellas jurisdicciones que están en el ámbito de la coparticipación, no pueden establecer gravámenes sobre servicios que ya están siendo gravados por el IVA”, dijo.
Y agregó: “Ahora viene el fondo de la cuestión. La Municipalidad no puede cobrar el impuesto al agua. Y, si bien no hicieron lugar a la suspensión de ese cobro, haber abierto el recurso es un paso muy importante”.
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