Tribunal sancionó a psicóloga de Concarán por supuesto ejercicio de la profesión en la faz privada

La decisión del Superior Tribunal de Justicia de San Luis de suspender en sus funciones a una profesional psicóloga de Concarán, supuestamente por haber trasgredido el artículo 13 de la Ley Orgánica de Administración de Justicia, que prohíbe a todos sus dependientes “desempeñar cargos rentados, públicos o privados, salvo la docencia como profesor en el dictado de horas-cátedra, que sólo podrá ejercerse fuera del horario de los Tribunales, sin ningún tipo de excepción (…) ejercer el comercio o la industria (…) ejercer profesiones liberales”; generó el estado de movilización y alerta de todos los profesionales, en forma solidaria hacia su colega.
Los profesionales entienden que la medida adoptada por el máximo tribunal sanluiseño, es “arbitraria, excesiva, represiva y autoritaria”.

Para criticar el fallo del tribunal, se basan en dos temas. El primero de ellos, en que el dictamen del Procurador General de la Provincia desestima los cargos y se opone a la formación de causa, mientras que el Superior Tribunal de Justicia de San Luis, decidió todo lo contrario. Lo que no señalan los profesionales y que es parte de la realidad, es que el dictamen del Procurador no es vinculante, es decir que si bien puede ser tomado como guía para un fallo, también el alto tribunal tiene la facultad de no tenerlo en cuenta o de fallar en contrario.

El otro punto en el que se basan, es una supuesta acordada que permitiría a los profesionales ejercer su actividad en el ámbito privado, pero olvidan que ninguna acordada ni decreto puede contradecir una Ley y que para dejar sin efecto algún artículo de cualquier Ley, se debe presentar un proyecto ante la Legislatura para su efecto y que es ésta la única que puede modificarla, salvo en el caso de una inconstitucionalidad, donde sí la debe decretar el Superior Tribunal, según el artículo 10 de la Constitución Provincial.

En efecto, hace algunos años, otra conformación del Superior Tribunal de Justicia de San Luis, firmó una acordada enviando a la Legislatura una exigencia para que se reformara la ley que ordenaba la conformación del presupuesto judicial, pero los legisladores la devolvieron tal como estaba, es decir sin modificación alguna, por lo que la ley siguió como antes de esa acordada.

Tampoco recordaron que, hace un tiempo también, el Superior Tribunal de Justicia de San Luis, alineó la tarea de los forenses a la de Secretario de Juzgado, es decir que aquellos alcanzaron el sueldo de los secretarios, en una especie de bloqueo de título, también a raíz de la disconformidad manifestada por los forenses ante la prohibición de trabajar en la faz privada, a pesar de lo cual los dos forenses de San Luis lo siguieron haciendo.

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