El Tribunal Electoral Provincial ordenó unificar las listas de Avanzar y Cambiemos

El Tribunal Electoral Provincial ordenó unificar las listas de Avanzar y Cambiemos

Rechazó la apelación presentada por las autoridades del Frente y resolvió que la lista Comité Presidente Raúl Alfonsín es la que debe integrar la boleta en las categorías en las que hubo PAS, mientras que el resto se debe completar con las nóminas proclamadas por el frente.

 

El Tribunal Electoral Provincial confirmó la resolución del juez con competencia electoral, José Agustín Ruta, y ordenó al Frente Avanzar y Cambiemos por San Luis conformar una sola lista que integre las nóminas “Consenso y Unidad por San Luis” y “Lista 83 Comité Presidente Raúl Alfonsín”.

Por mayoría, el Tribunal rechazó la apelación presentada por las autoridades de la alianza a la resolución del juez electoral y ordenó la confección de la lista única “en los departamentos, ciudades, localidades y cargos electos respectivos: senadores provinciales titulares y suplentes, diputados provinciales titulares y suplentes, intendentes municipales, intendentes comisionados municipales titulares y suplentes y concejales municipales, para los comicios generales del año 2017”.

El único voto disidente fue el de Horacio Zavala Rodriguez (h), quien entendió que debía hacerse lugar al recurso interpuesto.

La presidente del TEP, Lilia Ana Novillo, opinó que la apelación debía ser rechazada: “No resulta atendible el recurso intentado, habiendo asegurado el derecho de acceso a la justicia a las partes intervinientes y resueltos los recursos intentados en resguardo de su derecho de defensa, por lo que corresponde el rechazo de la apelación intentada, confirmándose el proveído atacado de fecha 4 de septiembre de 2017 de fs. 699 vuelta, y siendo los plazos electorales improrrogables, deberá proceder el Juez Electoral a dar cumplimiento con el apercibimiento de ley”.

La también presidente del Superior Tribunal advirtió que los candidatos de la lista Comité Presidente Raúl Alfonsín deben ser los que representen al frente en las localidades de los departamentos Pueyrredón, Pedernera y Ayacucho, donde se realizaron las Primarias, Abiertas y Simultáneas, mientras que “en aquellos departamentos y localidades donde no hubo elección interna deberá completarse con los candidatos proclamados por la Junta Electoral Partidaria de la Alianza presentados oportunamente”.

El fallo finalizó con el voto del vocal Fernando Julio De Viana, quien adhirió a los fundamentos expuestos por Novillo, y también rechazó el recurso de apelación.

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