Será entre hoy y mañana. Hubo planteos presentados por algunos precandidatos a las elecciones del 2 de agosto sobre lo que se puede hacer y lo que no los días previos al comicio.
De esta manera, Avelino Lago, secretario del órgano, dará precisiones sobre lo que se puede hacer y lo que está prohibido en el marco de las acciones políticas de campaña previas a los comicios primarios, simultáneos y obligatorios venideros.
Veda
La ley Nº 12.982 fue votada el pasado 2 de julio por los legisladores de la provincia. La norma dispuso correr los comicios primarios al 2 de agosto (iban a celebrarse el 5 de julio) y las elecciones generales al 27 de septiembre.
El artículo 4 de la mencionada ley establece suspender toda publicidad electoral e institucional previa a las elecciones, incluidas las inauguraciones oficiales. Sólo exceptúa aquellas acciones relacionadas con las campañas de salud.
No obstante, hay pocas definiciones y mucha incertidumbre respecto a qué acciones se enmarcan en lo permitido y lo prohibido.
Lo que el Tribunal Electoral de la provincia tome como postura oficial afectará a las 99 localidades del territorio santafesino.
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