Con el voto de tres de sus cuatros integrantes, el Tribunal Electoral Municipal de Puerto Madryn resolvió “no habilitar a la alianza Frente para la Victoria” para las elecciones a realizarse en la ciudad de Puerto Madryn en la categoría concejales, el 15 de septiembre próximo.El voto negativo fue pronunciado por Christian Dames, Oscar Díaz y Roberto Toranzo, sin contarse con la presencia del representante del FpV -David Díaz-, que no concurrió al plenario que se efectuó ayer por la mañana.Uno de los puntos evaluados y que forman parte de la resolución 017/13 del TEM expresa que la Carta Orgánica del Partido Justicialista indica en su artículo 58 bis que “para la determinación de candidaturas a cargos electivos del orden provincial y municipal se establece el sistema electoral de internas abiertas, en el que puedan votar todos los afiliados al Partido Justicialista del Chubut y los ciudadnos registrados en el padrón general de la provincia, exceptuándose de participar aquellos que estén registrados ante la justicia electoral y/o tribunal electoral municipal respecto como afiliados a cualquier otro partido político reconocido en los distritos electores provincial y/o municipal”.
Los análisis
En conferencia de prensa, el presidente del órgano electoral, Christian Dames, confirmó que “hemos dispuesto no habilitar la Alianza Frente para la Victoria”, agregando que “analizamos toda la documentación que se trajo, fundamentalmente el acta de constitución de la alianza. Los vocales que votamos, que fuimos los representantes del PACh, la UCR y el PJ, lo hicimos en coincidencia”.
En el análisis efectuado por los miembros del Tribunal se fundaron en los requisitos que impone la Constitución Provincial y la ley de partidos políticos del Chubut, puntualizando en lo referido a la conformación de las alianzas y la Carta Orgánica del PJ.
Dames remarcó que la resolución 017/13 del Tribunal “apunta al artículo 261 de la Constitución Provincial, que habla de la elección por métodos directos de los candidatos, la ley de partidos políticos –artículo 19- y de los requisitos que se requieren la constitución de las alianzas, entre ellas que debe tener una metodología de elección de los candidatos acorde con lo establecido en las Cartas Orgánicas de los partidos que conforman esa alianza”. Desde allí que la composición del Partido Justicialista menciona taxativamente la elección de candidatos bajo el régimen de elecciones abiertas.
“Desde el Tribunal Electoral de Puerto Madryn analizamos que está alianza no era correcta, y tampoco la argumentación que nos traían”, afirmó Dames, quien remarcó que “esta resolución es apelable al Tribunal Electoral Provincial e incluso le quedaría una vía recursiva ante la Superior Tribunal de Justicia”.
Con vistas al cierre de los plazos para la presentación de listas de candidatos a concejales y la posibilidad que el FpV cumpla con este requisito formal, Dames advirtió: “Nosotros no le vamos a negar a que vengan y presenten la lista”, aunque aclaró que “luego cada uno de los partidos estará habilitado a impugnar o no los candidatos”.
Uno de los riesgos que podrían correr los miembros de está fuerza sería que la lista no sea oficializada, aunque podría caber la alternativa que se la oficialice porque “recursivamente el Tribunal Electoral Provincial o el Superior terminen habilitándola. En ese caso, nosotros debemos respetar el fallo de una instancia superior."
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