Tribunal de Cuentas multa a la presidente y a la ex tesorera del Consejo Escolar

El Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires si bien aprobó la rendición de cuentas del ejercicio 2007 del Consejo Escolar, aplicó multas a la presidente del cuerpo, profesora María Teresa Adobbati, y a quien ocupaba el cargo de tesorera en esa etapa de la gestión, Alejandra Gómez Ciantini.
Las denuncias sobre presuntas irregularidades administrativas en el Consejo Escolar fueron hechas públicas a través de este medio por las ex consejeras María Inés Cabot y Marcela Alí, luego de haber efectuado las mismas ante los organismos correspondientes. Estas publicaciones motivaron la airada reacción de las autoridades educativas, que cuestionaron los dichos de las ex consejeras.

El 25 de setiembre de 2007 como consecuencia de las citadas denuncias se hicieron presentes en la sede del Consejo Escolar el relator mayor, Emir Perazzo; la oficial mayor Susana Gaggiotti y las auxiliares de cuentas María Perazzo, Paula Inda y Laura Alvarez.

De la labor llevada adelante por estos funcionarios surgieron observaciones y recomendaciones que se realizaron a las autoridades presentes. En el informe se indica que se habían detectado en algunos renglones de las licitaciones del SAE (Servicio Alimentario Escolar) diferencias entre el precio cotizado y el precio facturado por distintos proveedores, verificándose que esos comerciantes realizaron notas de crédito a favor del Consejo Escolar, haciendo de esta forma devolución de lo facturado de más.

También se indicó que la División Relatora luego de analizar los comprobantes respaldatorios de los pagos realizados observó que se habían remitido facturas enmendadas por un total de $ 17.097,25, de los cuales 7.099,72 correspondían a la cuenta SAE, $ 14 a fondos propios, $ 8.706,54 a la cuenta Fondo Compensador y $ 1.276,99 a la cuenta Fondo Escuelas. Con fecha 4 de mayo de 2009 presentó descargo la presidente actuante, considerando la Relatoría que los responsables no habían aportado nuevos elementos que hagan variar su opinión, ya que en el traslado del 9 de marzo de 2009 se les indicó que como prueba de descargo debían presentar copias del duplicado de factura en poder de cada proveedor, certificadas por escribano o juez de paz, hecho que no se produjo

Vale recordar que cuando este medio dio a conocer el informe elaborado por los funcionarios tras la auditoría desde el Consejo Escolar se salió a refutar esa información, cuestionando la veracidad de la misma, la cual finalmente ha quedado corroborada con la resolución adoptada por el Tribunal de Cuentas.

LA RESOLUCION

Artículo 1º: Aprobar la rendición de cuentas presentada por el Consejo Escolar correspondiente al ejercicio 2007, de acuerdo a registros y documentación compulsada, como así también aprobar ingresos por la suma total de $ 1.234.231,68 y pagos efectuados por los responsables por un monto total de $ 1.275.351,29, conforme se expone en el considerando quinto.

Artículo 2º: Aprobar el saldo de $ 90.606,81 que se transfiere al ejercicio 2008, de conformidad a lo expuesto en el considerando quinto.

Artículo 3º: Dejar sin efecto los reparos señalados en los apartados 1,3 y 5 del resultando VIII de conformidad a lo expuesto en el considerando primero y confirmar las observaciones enunciadas en el resultando VIII apartados 2 y 4, por los motivos y fundamentos que se expresan en los considerandos segundo y tercero.

Artículo 4º: Dejar constancia del tema tratado en el considerando cuarto.

Artículo 5º: Aplicar multa de $ 1.400 a María Teresa Adobbati y Alejandra Gómez Ciantini, funcionarios actuantes en calidad de presidente y tesorero en el período bajo estudio, tal como se manifiesta en el considerando quinto.

Artículo 6º: Desaprobar egresos por $ 17.097,25 y formular cargo pecuniario por los mismos, declarando patrimonialmente responsables a las autoridades que se desempeñaron en calidad de presidente y tesorero en el período en que se produjeron las erogaciones, debiendo responder en forma solidaria María Teresa Adobbati y Alejandra Gómez Ciantini, al monto de $ 19.357,84 (monto original $ 17.097,25 e intereses $ 2.260,59), de conformidad a lo expuesto en el considerando tercero.

Artículo 7º: Notificar a María Teresa Adobbati y Alejandra Gómez Ciantini la multa y cargo que se les aplica por los artículos quinto y sexto y fijarles plazo de 90 días para que procedan a depositar los importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal 1865/4, ingresos por multas y cuenta fiscal 180/9, ingresos por cargos, ambas a la orden conjunta del presidente y secretario técnico administrativo o director general de administración del Tribunal de Cuentas.

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