Paraná, Gualeguaychú y Concordia siguen liderando el padrón con 490.046 personas habilitadas para vota.
En Entre Ríos hay 979.456 electores que están habilitados para votar en las próximas elecciones. De ese total, más de la mitad (490.046) está concentrado en los departamentos Paraná, Concordia y Gualeguaychú.
El peso específico de Paraná, Concordia y Gualeguaychú hace que los partidos y agrupaciones políticas militen para seducir a los electores que definirán el resultado electoral. La supremacía de estos tres departamentos, en cantidad de votantes, se mantiene desde hace muchas elecciones.
Datos
Paraná acumula en total unos 275.501 sufragantes, 198.968 viven en la ciudad y 76.532 en campaña. En segundo lugar se ubica el Departamento Concordia con 126.927 y en tercero Gualeguaychú con 87.618. Más atrás viene el departamento Uruguay con 79.401 electores, distribuidos en 245 mesas, luego La Paz con 53.347 electores en 163 mesas, Federación con 51.943 electores en 157 mesas y Colón con 49.196 electores divididos en 151 mesas, publicó APF.
A nivel nacional
Buenos Aires, Capital Federal, Santa Fe, Córdoba y Mendoza concentran alrededor del 70% de electorado que votará en las primarias de agosto y en las generales de octubre. En estas elecciones legislativas alrededor de 20 millones de argentinos estarán en condiciones de votar. En el padrón nacional, Entre Ríos se ubica sexta con el 3,4%. Además, unos 30.000 jóvenes entrerrianos de 16 y 17 años podrán votar en los comicios de este año tras haber realizado la actualización de su DNI y ser incluidos en el padrón electoral.
Arrancó la veda
Desde hoy rige la veda para la realización de actos de gobierno. Así lo establece el cronograma electoral difundido por la Justicia Electoral Nacional en función de lo que establece la ley de democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral (Nº 26.571). “Queda prohibido durante los 15 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las primarias, abiertas simultáneas y obligatorias y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales”. Así está establecido en el artículo Nº 93 de la Ley Nº 26.571 que modificó al artículo 64 del Código Electoral Nacional. También se menciona que durante la campaña electoral, “la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales”.
El viernes 9 de agosto finaliza la campaña electoral y el 11 se realizarán los comicios.
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