El reclamo presentado por un grupo de vecinos ?por iniciativa del Colectivo Agustín tosco- ante la Oficina local de Defensa del Consumidor para que Cablevisión SA cumpla con la resolución 296/10 de la AFSCA (que determina la inclusión de señales y el reordenamiento de la grilla de canales), derivó en una imputación para la empresa por infracciones a los artículos 8 bis y 19 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.
La Oficina de Defensa del Consumidor de la Municipalidad de Trenque Lauquen resolvió imputar a Cablevisión SA por el incumplimiento de la resolución 296/10 de la AFSCA, que determina la inclusión de señales y el reordenamiento de la grilla.
La imputación fue el primer resultado de la presentación que realizó en enero de este año un grupo de vecinos, a instancias del Colectivo Independiente Agustín Tosco, en la OMDC local ante la visible violación de la Ley de Medios por parte de la empresa del Grupo Clarín.
En febrero, los vecinos reclamantes y los representantes de la empresa (el gerente regional Roberto Córdoba y el abogado Javier Gil) se encontraron en una audiencia conciliatoria, que no hizo más que transparentar la falta de argumentos de Cablevisión SA, en una flojísima intervención de sus representantes, que tuvo sus toques de comedia. Argumentaron que la Ley de Medios no estaba vigente, ofrecieron a los usuarios suscribirse a DirecTV, señalaron que no se puede ordenar la grilla según el gusto de cada cliente y pidieron un cuarto intermedio de 6 meses. Ante el papelón que ya no tenía vuelta, solicitaron borrar su propia declaración.
Con la firma del abogado Hernán Albisu, el escrito que imputa a Cablevisión SA marca las infracciones a los artículos 8 bis y 19 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, en el marco del incumplimiento de la resolución 296/10 de AFSCA de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Albisu argumenta que Cablevisión SA “con su negativa a brindar el servicio en las condiciones legales y reglamentarias dispuestas por la Resolución 296/10 de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, obstruye en forma injustificada y sin argumento alguno ese primordial derecho de todos los usuarios del servicio de cable en las localidades de Trenque Lauqen y Berutti, que es el acceso al consumo de determinados contenidos que, a la luz de la normativa, lucen obligatorios para el cableoperador”.
Además destaca que la empresa “no cumple con el ordenamiento temático de la grilla” dispuesto en la misma resolución mencionada anteriormente.
El titular de la Oficina de Defensa del Consumidor de Trenque Lauquen sostuvo que en este contexto existe “un trato inequitativo, fundamentalmente en lo que se refiere al acceso a contenidos, por la sola voluntad de la empresa (que contraria disposiciones legales) en dos planos”.
Argumenta Albisu que la empresa, al negarse a cumplir con lo ordenado en la resolución 296/10 de la AFSCA “incumple no con el Estado Nacional o el Organismo que emitió la disposición, sino con los propios usuarios del servicio que brinda, vulnerando un derecho tan esencial y supremo de nuestro ordenamiento jurídico, como es el acceso al consumo en condiciones equitativas y dignas”.
Tras la imputación de Defensa del Consumidor, la empresa tiene ahora cinco días para realizar su descargo. Todo parece indicar que el próximo paso será el pedido de sanción hacia Cablevisión SA.
El reclamo de los vecinos de Trenque Lauquen, impulsado por el Colectivo Agustín Tosco, fue apoyado por 500 firmas. También contó con la adhesión del Concejo Deliberante y por Nuevo Encuentro.

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