Se habían presentado ante la justicia tras ser perjudicados por una recategorización. Se habrían producido errores en la presentación ante lo cual la justicia dejó sin efecto el reclamo. Los detalles.
Es válido recordar que la Universidad llevó adelante un proceso de recategorización de toda la planta no docente (administrativos), determinando áreas, funciones y responsabilidades en donde se desempeña cada trabajador en las distintas unidades académicas, actualizando sus roles y determinando, a tal efecto, sus correspondientes salarios.
En esa recategorización gran cantidad de trabajadores fueron aparentemente perjudicados, sin reconocerse las funciones que desempeñan y la retribución que les corresponde. Por ende unos 200 decidieron recurrir a la justicia.
La cuestión es que se habría producido un error en las presentaciones ante la justicia. Concretamente no se habría ratificado en tiempo y forma la personería invocada (art. 35 Ley 18345) y por haber interpuesto en forma extemporáneo el recurso de apelación que atacaba la sentencia del juez de Primera Instancia.
Por ende la Excelentísima Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata el 04/07/2013 en Expediente N° 89652, dictó una resolución donde confirmó la resolución del Sr. Juez de Primera Instancia que declaro la NULIDAD de todo lo actuado quedando firme dicha resolución del juez de grado, lo que implica que los trabajadores de la Universidad habrían perdido el reclamo que formulaban.
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