Todos los productores chaqueños tendrán que ser registrados en el Senasa

Todos los productores agropecuarios, sin excepción, deberán inscribirse en el Senasa, donde le darán un código específico sin el cual no podrán comercializar su producción, en primera instancia, pero luego tampoco podrán comprar insumos para actividades primarias, según la interpretación que realizan técnicos locales de la nueva disposición conocida como el Registro nacional sanitario de productores agropecuarios (Renspa).

Con esta medida, los productores, tanto aquellos que tienen 5 ó 10 hectáreas, como quienes tienen 1.000 e inclusive los pools de siembra --que serán los más afectados-- tendrán que pasar por las oficinas del Senasa para dejar constancia de la actividad que realizan.

Según informa el propio organismo nacional, la medida es considerada necesaria para verificar la trazabilidad de los productos de origen agrícola, desde la producción hasta el consumo.

En la provincia del Chaco, según el último censo, hay unos 20.000 productores, de los cuales 12.000 son minifundistas, 5.000 son medianos y 3.000 son grandes productores. Todos aquellos que realicen siembra de granos y oleaginosas deberán pasar a inscribirse, en un trámite que será gratuito para el productor. Si no tienen este código de inscripción, no podrán comercializar su producción, razón por la cual desde algunas entidades cooperativas de esta ciudad salieron a pedir a los chacareros que se acerquen hasta las oficinas del Senasa. (Ver recuadro.)

De qué se trata

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció que los productores agrícolas de todo el país deberán inscribirse en el Renspa antes del próximo 31 de diciembre de 2010. Para tramitar el Renspa agrícola, que ya tienen los establecimientos con ganadería, es necesario completar un formulario y presentarlo en la oficina local del Senasa junto con la siguiente documentación: DNI o alguna otra documentación que acredite identidad; comprobante de Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT); fotocopia del título de propiedad del predio rural o del contrato de arrendamiento.

Si el acuerdo de alquiler entre partes fuese verbal, el productor debe solicitar algún documento firmado por el propietario en el que declare el nombre de la persona autorizada a usufructuar su propiedad (el documento debe estar certificado por escribano público), según la información oficial.

En el caso de un productor con campo propio y alquiler de establecimientos de terceros, podrá tramitar un Renspa de cabecera por su campo y por el resto obtener extensiones del primero. Pero si se trata de una empresa (como un pool de siembra) que alquila diferentes campos sin tener uno propio, deberá tramitar un Renspa diferente en las oficinas del Senasa correspondientes a cada establecimiento. Los productores mixtos que ya se encuentren inscriptos deberán reinscribirse en la fecha en la cual caduque su reinscripción anual (completando el formulario de Renspa agrícola).

Qué es la trazabilidad

De acuerdo con lo establecido por las normas internacionales agroalimentarias, el término "trazabilidad" se define como la posibilidad de encontrar y seguir el rastro, a través de todas las etapas de producción, transformación y distribución, de un alimento, un pienso, un animal destinado a la producción de alimentos o una sustancia destinada a ser incorporada en alimentos o piensos, o con probabilidad de serlo.

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