Publicó el Boletín Oficial el decreto 4.346/1.
Según el texto legal, los estatales que revisten el carácter de transitorios o de contratados, que al 31 de diciembre pasado contaban con una antigüedad no menor de tres años ininterrumpidos, y que perciban una remuneración similar o inferior a la categoría 19, quedarán titularizados en la categoría en la cual se desempeñan.
Complementariamente, los que fueron designados para el cobro de sus haberes en escalafones superiores al 19 podrán continuar como contratados o aceptar ser titularizados en la categoría 19 de planta permanente. Esa opción concretada de manera expresa hasta el 31 de marzo. "El silencio se interpretará como opción de permanecer en la situación de revista actual", advierte la disposición que fue refrendada por el gobernador, José Alperovich, y por el ministro de Gobierno, Edmundo Jiménez. El decreto refiere que se cumple con el acta suscrita entre el ministro político y los gremios estatales el 11 de diciembre.
Encasillamientos
El decreto 4.346/1 también tiene novedades para los estatales que están designados en las categorías más bajas de la administración pública. En concreto, consigna que los empleados de planta permanente que se encuentran en un escalafón inferior al 15, serán llevados a ese nivel. Y los contratados y transitorios con remuneraciones equivalentes a las categorías 10 a la 14, también serán encasillados en la categoría 15 y serán designados en la planta permanente del organismo al cual pertenecen.
Todas estas disposiciones alcanzan, también, al personal de las comunas rurales. Y el decreto invita a los organismos descentralizados, a los entes autárquicos y a los municipios a que se adhieran.
La norma fechada el 29 de diciembre pasado pauta que los derechos reconocidos en su contenido se instrumentarán una vez que la Legislatura apruebe los cambios presupuestarios pertinentes.


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