La Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires rechazó demanda de concejales radicales

El grupo de concejales, pretendía que la Justicia deje sin efecto dos decretos, dictados por el Intendente Jorge Fernández, a través de los cuales, se readecuó el precio del cánon que el Municipio paga a la empresa Agrotécnica Fueguina. Los demandantes deberán pagarle a la Municipalidad
En la causa “Galinelli, Patricia Nélida y otros contra Municipalidad de Lincoln”, la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, rechazó la demanda iniciada por un grupo de concejales radicales, por considerar que no tienen legitimación procesal, para demandar al Departamento Ejecutivo, ordenando el archivo del Expediente y condenando a pagarle a la Municipalidad de Lincoln, los honorarios y gastos del Recurso Extraordinario, que deberán ser valuados en relación al contenido económico del juicio, el cual asciende aproximadamente a $3.000.000.

El grupo de concejales, pretendía que la Justicia deje sin efecto dos decretos, dictados por el Intendente Jorge Fernández, a través de los cuales, se readecuó el precio del cánon que el Municipio paga a la empresa Agrotécnica Fueguina, por el servicio de recolección de residuos urbanos.

En virtud de esta decisión judicial, el Partido Justicialista de Lincoln dio a conocer un comunicado, que dice textualmente:

El Consejo del Partido Justicialista de Lincoln ha recibido la gratificante noticia, la cual quiere hacer extensiva a toda la Comunidad, de que en agosto último, la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, de manera brillante, pulverizó el último bastión de la judicialización política radical, al rechazar, de manera concluyente, la demanda que Patricia Galinelli y otros concejales de ese Partido, patrocinados por el abogado Solana, habían llevado adelante, en contra del Intendente Municipal.

A modo de recuerdo de lo que importaba este proceso, sólo decir que este grupo de concejales, pretendía que la Justicia deje sin efecto dos Decretos, dictados por el Intendente Jorge Fernández, a través de los cuales, se readecuó el precio del canon que el Municipio paga a la empresa Agrotécnica Fueguina, por el servicio de recolección de residuos urbanos, habida cuenta que la última administración radical, no había tenido la capacidad institucional suficiente, para resolver esta cuestión, a raíz de los hechos sucedidos en el año 2001 y debió ser el nuevo Gobierno Justicialista, quien, como en infinidad de cuestiones, tuvo que poner el pecho y el cuero, a situaciones irresueltas, que como una maldita herencia, se recibieron.

Siendo así, los mismos que integraban el Gobierno Comunal y que no tuvieron la valentía de resolver este problema, acudieron a la Justicia, en una actitud sustancialmente antirrepublicana, para que sea ese Poder del Estado, el que se entrometa en el área de competencia del Poder Ejecutivo Municipal, a fin de anular actos administrativos dictados con la mayor transparencia, legalidad y competencia material.

El juicio que hoy se resuelve, de manera favorable al Intendente Municipal, tuvo un largo recorrido, en el que se sostuvo, por el Departamento Ejecutivo, que los concejales, por sí, carecían de legitimación para iniciarle juicio al mismo.

Este punto, se fundamentó en precedentes, tanto nacionales como internacionales, que sostenían que los legisladores carecen de todo tipo de legitimación para el planteo de cuestiones que no sean personales, pues para ello cuentan con los resortes de poder que poseen en su condición de legisladores.

Desde otro ángulo, se dijo, que quienes integran un cuerpo legislativo, no pueden intentar, por sí solos o en grupo, ejercer ante la Justicia, la defensa de ese cuerpo. Es preciso que en ese terreno, se respete la regla de la mayoría, de lo contrario, la decisión judicial que se pretende, podría alterar la voluntad de la mayoría y serían los Tribunales, quienes se arrogarían la función de gobernar.

Estos argumentos, esgrimidos por el Departamento Ejecutivo, intentaron, ahora con éxito concluyente, demostrar, que no se puede jugar con la Justicia, pretendiendo “judicializar la política”, pues actitudes como las llevadas adelante por estos concejales radicales, no en este único caso, sino en una infinidad de procesos judiciales - TODOS PERDIDOS - pretendieron que sean los jueces, los que le suplan la incapacidad política que la voluntad de la gente, a través de los votos, no les ha otorgado.

No es ésta la primera comunicación que el Concejo del Partido Justicialista hace a la Comunidad sobre estas cuestiones, pero sí deseamos que sea la última, pues realmente no se entiende cómo se puede insistir en una estéril y sin salida, estrategia de judicialización política, que desde nuestro humilde punto de vista, ha llevado, al menos en nuestra Comunidad, casi a la extinción al Centenario Partido.

Habíamos visto con buenos ojos, algunos atisbos de renovación en la dirigencia opositora, pero, sin lugar a dudas, éstos continúan, como se ha visto últimamente, en aquella línea de acción política nefasta, que el eterno abogado patrocinante, embarca en paquebotes destinados a naufragar, a una nueva generación de dirigentes, sin pensar, tanto uno como otros, que esa forma de actuar, no tiene la lógica, ni la dinámica, que requiere la política, pues la Justicia está para otros menesteres y no para ocuparse de juegos peligrosos, que más tarde que temprano, terminan colapsando el sistema institucional de la oposición, poniéndolo en serio riesgo de extinción.

La Corte, por una mayoría abrumadora, pone en su justo lugar a estos aventureros políticos, devenidos en jurisconsultos improvisados, cuando en los Considerandos más contundentes de la Resolución, el Máximo Tribunal afirma que “la calidad de legisladores (concejales) sólo los habilitaba para actuar como tales en el ámbito del órgano que integraban, y con el alcance otorgado a tal función, por la Constitución Provincial”.

Agregó la Corte que “la vía procesal intentada por los concejales no podía constituirse como sucedánea de apelación de debates perdidos o no dados, en los recintos legislativos municipales”.

Concluyendo el Tribunal, de manera aleccionadora y advirtiendo, con su Jurisprudencia obligatoria, para los Juzgados inferiores, que planteos de ese estilo deben realizarse en los órganos democráticos y no en los Tribunales.

Consideramos de suma claridad lo dicho por la Corte Provincial, sólo agregar, en lenguaje popular, que lo que no se logra con los votos y las bancas, no se puede venir a llorisquear a los Tribunales.

Es por eso que hoy recibimos con muchísima alegría esta resolución judicial, que oxigena , de manera directa, colocando en su justo lugar de actuación a la política, tanto del oficialismo como de la oposición, diciendo, la Corte, que la Justicia no va a resolver los problemas de la política, pues ello es profundamente antirrepublicano, pues como dijimos, las pretensiones de estos concejales, importaba que un Poder, como el Judicial, traspase los estrictos límites constitucionales para penetrar en el ámbito exclusivo de otro de los poderes del Estado, como es el Ejecutivo y que a través de sentencias y medidas cautelares se arribe al siempre repudiado y antidemocrático “Gobierno de los Jueces”.

Es por ello, que la Corte resolvió hacer lugar al Recurso Extraordinario, declarando la falta de legitimación de los concejales y en consecuencia, rechazando la demanda deducida.

Como hecho aleccionador, el Máximo Tribunal, impone a este grupo de aventureros judiciales, que paguen a la Municipalidad de Lincoln, los honorarios y los gastos del Recurso Extraordinario, que deberán ser regulados, en base al contenido económico de este juicio, que aproximadamente ronda los tres millones de pesos.

Otra sabia decisión de la Corte, a través de la cual, indica, que estos lances judiciales no son gratuitos.

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