El Superior Tribunal debe definir cómo se vota para concejales en Gualjaina

Todavía no terminó la intervención del Superior Tribunal de Justicia en materia de decisiones sobre el resultado electoral del último 20 de marzo. Ayer se supo que ahora el Tribunal Electoral Provincial le remitió la apelación del PJ-Modelo Chubut para que en la localidad de Gualjaina, donde se debe dirimir el empate en la categoría concejales, no se vote sólo entre las dos boletas que igualaron, sino que participen todos los partidos políticos.
El caso de Gualjaina está plagado de idas y vueltas, desde que el escrutinio definitivo parcial que se hizo en la Legislatura sumado a la mesa de extranjeros arrojó que hubo un empate en 412 votos en el primer lugar entre la lista de concejales del FPV y la del PJ. Un mes y medio después, y observando que no había legislación municipal electoral en el tema, el TEP resolvió que en vez de un sorteo, se vote de nuevo. A esto le siguió una presentación de la UCR, argumentando que ese partido -que se ubicó en tercer lugar- había obtenido una banca el 20 de marzo y que no podía quedar enmarcada en la disputa de esta definición que, por hacerse de nuevo, corría el riesgo de perderse. Este planteo fue reconocido por el TEP, que por unanimidad modificó lo resuelto y llamó al Concejo Deliberante para que llame a elecciones complementarias, pero sólo entre las dos listas igualadas en el primer lugar, para que definan quién obtiene la mayoría legislativa de cuatro bancas y quién las dos restantes. Pero el pasado 18 de mayo, el PJ presentó un recurso de revocatoria con apelación en subsidio, argumentando que de aplicarse ese criterio, se trataría de un antecedente peligroso de ballotage o segunda vuelta no previstas en nuestra Constitución, por lo que lo más indicado era llamar de nuevo a elecciones en esa categoría con todas las boletas del 20 de marzo. El TEP respondió por último ayer que este tipo de recursos no está previsto en el CEN pero además en este caso fue extemporáneo. Por eso lo rechazó, pero consideró que es procedente el recurso de apelación, por lo que remitió las actuaciones a la Corte chubutense, que ahora deberá constituirse para resolver primero cómo corresponde votar, antes de remitir el tema nuevamente al Concejo Deliberante, que deberá resolver si se vota inmediatamente o se esperan los turnos nacionales de agosto y octubre.

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