El Superior aceptó apelación del FPV y dictaminará sobre 10 urnas

| Ayer se confirmó que las urnas cuya validez será revisada por el STJ y que pueden determinar la convocatoria a elecciones complementarias suman un total de 10, al haber notificado la Corte chubutense a los apoderados su decisión de hacer lugar a la apelación presentada por el FPV contra cinco urnas de Comodoro Rivadavia que había validado el Tribunal Electoral.

Se trata de las urnas 507, 531, 558, 559 y 1233, en las que los apoderados de la lista que encabezaron Carlos Eliceche y Javier Touriñán, observaron en algunos casos ausencia del acta y del certificado de escrutinio, en otras no coinciden los datos de los telegramas, y en una en particular se asegura que se detectaron 16 agregados al padrón, y no se explicitan en ningún caso los motivos por los cuales se les permitió votar allí (ver aparte).

Según manifestó ayer el apoderado Blas Meza Evans, esta decisión de los magistrados «es muy importante, porque deberán resolver sobre la validez o nulidad de 10 urnas, con un universo de más de 3 mil electores que eventualmente deberían concurrir a elecciones complementarias antes de que el TEP pueda proclamar un ganador».

Según se supo ayer, el STJ ya estaba notificando a los apoderados de los otros partidos para que hagan su descargo sobre estos nuevos cinco expedientes, que le agregan más suspenso a la definición final, ya que seguramente no se conocerá hasta fin de la semana próxima.

LOS MOTIVOS

EL CHUBUT pudo acceder a las actas del Tribunal Electoral, en las que constan los motivos por las cuales se decidió anular cinco mesas, decisión objetada por el PJ Modelo Chubut y que derivó en la judicialización del escrutinio definitivo.

Se trata de las urnas 174 de Puerto Madryn y 1038 de Camarones, que generaron una polémica, porque fueron anuladas por las mismas razones, pero la primera no fue contabilizada y la segunda sí lo fue. En el primer caso, se trató de una votación dividida con mayoría de Caneo, Miquelarena y Tessi, quienes observaron que hay una diferencia de alrededor de 25 sobres menos respecto a los ciudadanos que figuran que emitieron su voto.

Los mismos integrantes votaron anular la mesa de Camarones, también por una diferencia de aproximadamente 20 entre los sobres dentro de la urna y los consignados en el acta y padrón de la mesa, mientras Pitiot y Cárdenas marcan la excepcionalidad de esta medida, lo que genera el riesgo de ponerle precio a cada voto en una nueva elección y atribuyen el error a la incapacidad o desconocimiento de las autoridades de mesa.

MESAS COMODORENSES

Las tres mesas restantes anuladas son de Comodoro Rivadavia. La 542 fue anulada con el voto de Miquelarena, Tessi y Caneo, porque no se acompañaron ni el acta ni el certificado de escrutinio y la única documentación es una fotocopia simple reducida, suscripta supuestamente por el presidente y dos fiscales. Similar votación se dio en la mesa 1127, donde hay una diferencia de 60 sobres que no se encontraban dentro de la urna y además no se envió el padrón electoral de la mesa, que hubiera sido un elemento más para salvar la cuestión, según el voto de la mayoría.

Finalmente, la única nulidad que cuenta con el voto unánime de los cinco miembros es la de la urna 1204, que al ser abierta en el escrutinio por haber diferencia entre el acta y los certificados de los fiscales, se observó la inexistencia de las boletas utilizadas por los sufragantes, lo que torna imposible reproducir la voluntad de cada uno de ellos respecto a la totalidad de las categorías.

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