Sugerencias para evaluar a los futuros jueces.
Los letrados se postulan para representar a sus colegas de la capital en el CAM. Por eso, instan a que el Poder Ejecutivo respete estrictamente el orden de mérito de los cinco seleccionados que le elevará el CAM -como corolario de los concursos- para que elija a uno por cargo acéfalo. "Amén del mandato de la Ley 8.197, al que estamos obligados, consideramos que una alteración de dicho orden, en la medida en que supone trastocar las conclusiones de una evaluación objetiva de los conocimientos y condiciones de los concursantes, debe ser debida y públicamente fundada. Esto, dada la trascendencia que, en una república, supone el designar un juez", esgrimieron.
Competencia exclusiva
A Bustamante y a Fajre les llama la atención que, en momentos en que se está por constituir el CAM, algunas voces propugnen que, mientras este órgano lleve adelante los concursos para la cobertura definitiva de las vacantes, la Corte Suprema o los poderes políticos designen provisoriamente jueces subrogantes. "Esta es una forma de desconocer, menospreciar o desnaturalizar las atribuciones del CAM. Este es el único órgano con competencia para seleccionar jueces, en propiedad o subrogantes, conforme la Constitución y la interpretación que de ella ha efectuado la Justicia provincial", advirtieron.
Los candidatos insistieron en la misma idea: "luego de que el CAM quede formalmente conformado, deberá abocarse con urgencia al dictado de dos reglamentos: el de funcionamiento interno y el que le permita la selección de jueces subrogantes después de constatar, a través de un mecanismo simplificado, la idoneidad de estos últimos. Así podrá dar respuesta inmediata a las necesidades de la sociedad".
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