Sodero Nievas habló de “sorpresa” por el olvido de leyes preexistentes vinculadas a la consulta

Viedma.- El presidente del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, Víctor Hugo Sodero Nievas, brindó una conferencia de prensa para aclarar dudas sobre la sentencia que declaró no operativo el decreto que reglamenta las consultas populares. El juez habló de “sorpresa” por el olvido del Poder Ejecutivo de la preexistencia de leyes sancionadas por la Legislatura de Río Negro, vinculadas específicamente al tema de la consulta. Además, dijo que el “sentido común imponía que no se podía forzar a una elección que nunca se pudo cumplir en 27 días en la provincia de Río Negro”.
El magistrado aclaró que la antigüedad de este tema tiene 20 años, desde que la Legislatura de Río Negro reglamentó el sistema electoral rionegrino. Explicó que la ley 2431 contempla la facultad del Gobernador de efectuar consultas, referéndum y demás mecanismos de participación directa o indirecta, “de forma tal que estamos hablando de una cuestión que estaba legislada desde hacía 20 años y sobre la que no había ninguna necesidad de reglamentar absolutamente nada, salvo que se hubiera pretendido reformar la ley, cosa que se debía haber seguido por los cánones como se hace normalmente”.

Citó además la ley 3688, señaló que en esta norma la Legislatura específicamente reglamenta el trámite de las consultas populares y referéndum, y divide los ámbitos exclusivos del Poder Ejecutivo y los exclusivos del Judicial.

Indicó que en el inciso A y B de esta ley se dice claramente lo que corresponde al Ejecutivo y a los otros Poderes del Estado, y en esa diferenciación “está claramente dicho lo siguiente: cuando el objeto de la convocatoria guarde relación con competencias exclusivas del Poder Ejecutivo, éste establecerá la necesidad del llamado a consulta o referéndum, por Decreto con Acuerdo General de Ministros”.

“Cuando el objeto de la convocatoria guarde relación con competencias exclusivas de otros poderes del Estado, el Poder Ejecutivo deberá remitir a La Legislatura de la Provincia de Río Negro un Proyecto de Ley con Acuerdo de Ministros estableciendo la necesidad del llamado a consulta o referéndum. En ningún caso se podrán utilizar las atribuciones conferidas por el artículo 181 inciso 6) de la Constitución Provincial.

Una nueva consulta debería hacerse siguiendo los procedimientos que establecen las leyes 2431 y 3688”, agregó.

“Y en el tercer artículo, para despejar todavía cualquier duda, dice que aprobado el proyecto de ley, el Poder Ejecutivo queda autorizado para efectuar la convocatoria en los términos establecidos en la Ley Provincial Nº 2431”.

“O sea que hay una prohibición expresa para usar estos mecanismos que están desde el año 2002”, observó.

Sodero advirtió que “si hay un mecanismo que no sea éste habrá que reformar las normas que están implicadas, pero de todas maneras la decisión de impulsar una nueva consulta, de reformar normas electorales, o la de llevar adelante cualquier otro procedimiento en la provincia de Río Negro serán sometidas a consideración originaria del Tribunal Electoral Provincial (TEP) y luego el STJ quedará como tribunal de apelaciones como ha funcionado hasta ahora”.

Consultado por las críticas y cuestionamientos hechos por el gobernador Saiz sobre errores y desconocimiento por parte de la Justicia del Código Procesal, Sodero Nievas contestó que “la ley electoral, por ser ley especial, rige con prevalencia por sobre cualquiera de las otras normas que pudieran ser aplicables, y que en el código de procedimiento son aplicables en forma supletoria para todo lo que no está reglado”.

Sobre la preocupación manifestada por el Gobernador acerca de la demora que ha tenido la resolución del STJ, el magistrado señaló que “si se toma en consideración la fecha del trámite en que la apelación entra al Superior Tribunal y en la que se resuelve, digamos que ha sido en un tiempo muy inferior al de los amparos”.

“Los plazos que tuvimos para fallar fueron ‘super’ cumplidos. El esfuerzo que se ha hecho ha excedido los plazos legales, plazos que no hemos cumplidos a favor de que esto se resolviera de la mejor manera y en el menor tiempo posible”, indicó. (ADN)

Comentá la nota