Sobreyeron a una enfermera por la muerte de un niño en Santa Clara

Sobreyeron a una enfermera por la muerte de un niño en Santa Clara
La mujer de 55 años estaba imputada por homicidio culposo. La muerte del menor de cuatro años ocurrión en junio de 2012 por inhalación de monóxido de carbono.

La Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones y Garantías dispuso el sobreseimiento de una enfermera que estuvo imputada de los delitos de abandono de persona seguido de muerte y posteriormente de homicidio culposo al considerar que las causas que provocaron la muerte de un niño fueron ajenas a la conducta de la mujer.

Alicia Kanevitter fue la única imputada en la causa que investigaba la muerte de Thiago Gómez Geuna -de cuatro años- ocurrida el 8 de junio de 2012 por intoxicación aguda con monóxido de carbono.

En la acusación que elevó oportunamente el Ministerio Público Fiscal consideró que la mujer obró de forma inadecuada cuando recibió un llamado telefónico en la Unidad Sanitaria de Santa Clara del Mar donde se desempeñaba como enfermera de guardia.

La mujer nunca tuvo pedido de detención pero fue cesanteada sin goce de sueldo a los pocos días del hecho. Según relató su abogado Agustín Robbio “durante todo este tiempo siguió viviendo en Santa Clara del Mar, con la angustia lógica que le significaba la imputación y los comentarios que esto generaba”.

Robbio resaltó que la resolución de los jueces Raúl Paolini Y Juan Manuel Fernández Daguerre es excepcional porque dictaron el sobreseimiento antes de llegar a la instancia de juicio. En tal sentido opinó que algunas conclusiones de la investigación fueron apresuradas ya que no se esperó a tener la totalidad de las pericias que confirmaran las causas del deceso para formular la acusación.

Según la resolución a la que tuvo acceso 0223 los jueces sostuvieron que “de acuerdo a lo que surge del legajo la causa de la muerte del menor fue ajena a la conducta de Kranevitter, por lo que, sin perjuicio de su eventual responsabilidad administrativa o de otro orden, debe quedar elevada de responsabilidad penal, dictándose sobreseimiento a su respecto”. Por tal motivo se resolvió revocar la elevación a juicio de Alicia Kranevitter por el delito de homicidio culposo y confirmar el sobreseimiento de la nombrada con relación al delito de abandono de persona seguido de muerte.

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