Sobre 12 establecimientos sólo tres están clasificados, categorizados y habilitados

Un informe oficial de la Municipalidad respecto al control de los establecimientos geriátricos indica que hay 3 establecimientos clasificados, categorizados y habilitados, 6 categorizados y en trámite de habilitación y 3 que faltan fiscalizar.
El detalle está consignado en un informe que la Municipalidad remitió al Concejo Deliberante y que está ingresado formalmente al cuerpo en el Boletín de Asuntos Entrados número 20 del 27 de julio de este año y que se remitió en respuesta al pedido de informes 149, del año pasado.

En el documento la directora del Área Gerontológica Municipal Guadalupe Núñez Gómez expresa que esa repartición actualmente registra tres establecimientos para adultos mayores que cuentan con la habilitación correspondiente cumpliendo con todos los requisitos para su funcionamiento de acuerdo a la ordenanza municipal 12508. Esos geriátricos son La casa de los Nonos, Catamarca 486; Residencia Alvarado, Alvarado 245 y Guardería para Adultos Mayores, en Los Cardones 413, Tres Cerritos.

El informe añade que, de acuerdo a la ordenanza que regula la actividad de los establecimientos residenciales para adultos y crea el registro único, que la competencia de la dirección Gerontológica es clasificar, categorizar y realizar fiscalizaciones de los residenciales, hogares, centros de día u otros servicios y que la habilitación municipal, corresponde a la dirección general de Habilitaciones Comerciales.

Los establecimientos categorizados y en trámite de habilitación son Hogar de Ancianos Cristo Rey, Catamarca 718; Nuestro Hogar Adolfo Güemes 473; Hogar de Ancianos La Residencia, Litoral de Santa fe 2203; Pequeño Hogar Renacer , Pasaje Escuadrón de Los Gauchos 1137; Hogar Sustituto, Pasaje Miguel Aráoz 269 y Pequeño Hogar "General Güemes" Pellegrini 518. Los establecimientos que faltan fiscalizar son Hostal del Campo, Ruta 51, kilómetro 3; Residencia Geriátrica Gooparg, Adolfo Güemes 430 y Pscogeriátrico del Neurodiagnóstico, avenida Roberto Romero 1148.

La Ordenanza define como Establecimientos Residenciales para adultos Mayores a las entidades tanto públicas como privadas que tengan como fin brindar servicios de alojamiento, alimentación, higiene, recreación activa o pasiva y atención médica y psicológica no sanatorial a personas mayores de 60 años, en forma permanente o transitoria, a título oneroso o gratuito.

La autoridad de aplicación debe evaluar la calidad de las prestaciones en cuanto a calidad y cantidad de la alimentación, normas de bioseguridad e higiene, la forma de desplazamiento de los residentes, accesos y circulaciones que permitan su desplazamiento, tanto de los autoválidos como de los semidependientes y dependientes, estado y funcionamiento de las instalaciones, entre otros aspectos

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