Un sistema para "blanquear" los atrasos

Con el trasfondo de la crisis económica, la Provincia ya puso en marcha el sistema de diferimento de los trabajos previsto en la Ley 8.246.

Mediante la norma, sancionada en diciembre y publicada durante enero en el Boletín Oficial, las empresas adjudicatarias de obras públicas pueden firmar un convenio con el Estado a los efectos de reformular las fechas de inicio, de plazos de ejecución de obra y de plan de trabajos, atento a la demora del Gobierno nacional en remitir los fondos.

Esencialmente, el sistema permite diferir entre 45 días corridos y hasta un 25% del plazo original, como máximo, los tiempos que figuraban en el contrato inicial. Además, el Estado exime a las empresas de las penalidades por paralizaciones de obras o por incumplimientos en los tiempos de construcción previstos. No obstante, las contratistas que decidan rubricar los acuerdos de prórroga deben expresamente renunciar "a los reclamos administrativos y/o judiciales que, por cualquier concepto, les pudiera corresponder por incumplimientos de plazos o adecuaciones de proyectos acordados con anterioridad a la ley".

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