En sesión extraordinaria analizarán el Marco Regulatorio Hidrocarburífero

En sesión extraordinaria analizarán el Marco Regulatorio Hidrocarburífero
La normativa establece los dos puntos directos del Bono de Compensación para los municipios de la Comarca Senguer-San Jorge. También incluye un breve artícu-lo que promociona la búsqueda de recursos no convencionales. Los contratos con las pymes se fijan en tres años y el 80% de los empleados deben ser chubutenses.
Los diputados provinciales abordarán el Marco Regulatorio Hidrocarburífero en una sesión extraordinaria este jueves 27 de diciembre. Tal como lo introdujo el Poder Ejecutivo Provincial, el proyecto contempla al sector del petróleo y gas, y excluye así a la minería a gran escala.

El punto que más interesó a los intendentes del sur de la provincia es el vinculado a los cuatro puntos extra por sobre el 12% de las regalías que deberán pagar las operadoras petroleras. Es que dos serán para los municipios y los otros dos irán al Ministerio de Economía de Chubut para afectarlos a obras públicas.

Este proyecto cuenta con modificaciones sustanciales anunciadas por el gobernador Martín Buzzi el 13 de diciembre. No incluye la actividad minera a gran escala y añade un reparto en partes iguales de las “regalías extra”. También incluye un breve artículo que promociona la búsqueda de recursos no convencionales.

MAS DINERO

En el artículo 68, el marco considera “Bono de Compensación de los Hidrocarburos para el Desarrollo Sustentable”, que serán del 4% más por sobre el 12% que ya pagan las operadoras petroleras. De ese bono, los municipios de la Comarca Senguer-San Jorge recibirán 2% y los otros 2% irán a cuenta del Ministerio de Economía.

“Los montos recaudados en concepto de Bono de Compensación de los Hidrocarburos para el Desarrollo Sustentable destinados a los municipios y comunas rurales de la Comarca Senguer-San Jorge deberán ser utilizados para realizar inversiones en infraestructura, diversificación de la matriz energética y productiva y ordenamiento urbano”, dice el artículo 73.

“El Poder Ejecutivo Provincial solo podrá destinar lo recaudado por el Bono de Compensación de los Hidrocarburos para el Desarrollo Sustentable a la puesta en marcha de las políticas públicas que mejoren las condiciones estructurales del territorio provincial”, añade ese artículo.

NO CONVENCIONALES

Este marco regulatorio plantea como objetivo el desarrollo de hidrocarburos no convencionales. Ante el anuncio de YPF de hacer dos perforaciones en Chubut para encontrar recursos en la formación D-129, el Gobierno provincial dedica el artículo 87 del marco regulatorio a este tipo de explotaciones.

“Se entenderá por Hidrocarburos No Convencionales a los hidrocarburos líquidos o gaseosos provenientes de formaciones, ‘Tight Sands’, ‘Esquistos’, ‘Reservorios de baja permeabilidad’, ‘Mantos de Carbón’ e ‘Hidratos’. Sin perjuicio de esta definición que no es taxativa, para mayor especificidad se entenderá que el término abarca los conceptos definidos por la Society of Petroleum Engineers (SPE)”, señala el texto.

El manejo de los recursos hídricos también está contenido en el texto elevado por el Poder Ejecutivo Provincial. “Todo emprendimiento hidrocarburífero a implantarse en el territorio de la Provincia del Chubut deberá contar con un estudio hidrogeológico detallado de búsqueda, identificación y captación del recurso hídrico”, dice el artículo 11. “El recurso hídrico subterráneo deberá ser cuantificado como reserva”, agrega.

CONTRATOS, EMPLEO Y RSE

En cuanto a los contratos con las empresas regionales y el empleo, el artículo 85 considera: “las empresas operadoras tenderán en el mediano plazo a establecer condiciones de contratación para la prestación de servicios por parte de terceros, no menores a 3 años, con extensión de 2 años adicionales”.

El marco regulatorio menciona la necesidad de que las compañías tengan programas de Responsabilidad Social Empresaria. Se trata del artículo 12, donde solicita que las operadoras pongan en marcha capacitaciones para los trabajadores y programas de carácter comunitario.

“La captación de mano de obra chubutense deberá tender a significar no menos del 80% del total empleado (entiéndase por chubutense aquellas personas que acrediten al menos 3 años de residencia efectiva y continua en el territorio provincial)”, dice el inciso 1-b del artículo 12.

“Las políticas diseñadas por el Poder Ejecutivo para la actividad hidrocarburífera tendrán por objeto promover la industrialización en su lugar de origen y contribuir al autoabastecimiento del país, asegurar un adecuado margen de reservas y la obtención de saldos exportables”, indica el artículo 14.

El apartado sobre “Pozos de baja productividad y Pozos no activos” establece que todas las empresas concesionarias deben tener un plan de promoción para la reactivación de pozos de baja productividad existentes en las concesiones de explotación, en el marco del objetivo de autoabastecimiento fijado por el Gobierno nacional.

LICENCIA SOCIAL

Uno de los aspectos nuevos introducidos por el Ejecutivo Provincial es el concepto de “Licencia Social”. Los artículos 38, 39 y 40 componen ese apartado: “es el aval que otorga la sociedad civil para la realización de un proyecto hidrocarburífero durante todo su desarrollo, resultante de procedimientos participativos previstos en la normativa vigente”.

Esos procedimientos incluyen el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental. “La licencia social resulta del dictado de la Declaración de Impacto Ambiental y de sus actualizaciones y del cumplimiento correspondiente”, expresa el artículo 40 del Marco Regulatorio Hidrocarburífero.

El planteo de este proyecto es que Provincia tenga un esquema de reglas claras para negociar o renegociar contratos de concesión con las empresas petroleras. Además, y a modo de reparación histórica, establece que las “regalías extra” tienen afectación específica a obras de infraestructura y reconversión.

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