El magistrado Federal local, Ricardo Moreno, hizo lugar a una acción para declarar la constitucionalidad de un decreto de 1988.
Herrera, según se desprende de la información a la que pudo acceder El Esquiú.com, estuvo apostado durante el conflicto en lo que se denomina “plataforma continental” -en Córdoba y Comodoro Rivadavia- formando parte del grupo de soldados que viajaron desde el 17 Regimiento de Infantería Aerotransportada a Córdoba para conformar Fuerzas de Tarea que tenían como destino las Islas.
El soldado catamarqueño integró un grupo de soldados que permanentemente estuvieron bajo entrenamiento esperando su turno para saltar sobre el territorio malvinense, incluso estuvo muy cerca de efectuar el salto, pero éste no se realizó dado que el clima sobre la zona de combate era altamente riesgoso para los paracaidistas.
No obstante, en varias ocasiones Herrera y sus compañeros fueron embarcados en los famosos aviones Hércules C130 para realizar los dichos saltos. Esta circunstancia también contribuye al fallo favorable, ya que se entiende, según el criterio del juez, que la aeronave constituía un verdadero objetivo militar, razón por la cual Herrera se ponía “a disposición del Estado Nacional en forma incondicional, a riesgo de su propia vida”.
Por su parte, la defensa del Estado Nacional planteó una acción para dictaminar la prescripción de la acción presentaba y la inhabilidad de la instancia para tomar una decisión jurídicamente viable. No obstante, estos requerimientos realizados por abogado Eduardo Andrada fueron desestimados por el juez Moreno y finalmente se hizo lugar al pedido del veterano de guerra declarando la inconstitucionalidad, en el caso particular, del decreto cuestionado por el accionante. Entre los beneficios se encuentra la prioridad para cubrir vacantes en la Administración Pública, asistencia médica por obra social y educación en cualquier nivel.
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