El radical Sergio Bruni impulsa un protocolo para que se ejecute sin llegar a instancias jurídicas los casos no punibles que establece el artículo 86 del Código Penal Nacional.
El legislador considera que en Mendoza no se cumple el artículo 86 del Código Penal Nacional, que establece casos excepcionales de aborto y que rige desde hace 90 años, según palabras propias del senador provincial.
El artículo 86 del Código Penal de Argentina dice que "el aborto practicado por un médico diplomado y con el consentimiento de la mujer encinta no es punible si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios". También "si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto".
"No es posible ponerlo en práctica en Mendoza por las dificultades ideológicas y sociales que presenta", justificó el legislador.
Se trata de un caso que seguramente traerá mucho debate y que dividirá las aguas en un escenario político que ya viene caliente por todo lo que sucede a nivel nacional.
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