Las autoridades partidarias elevaron una nota al Concejo Deliberante, a partir de una resolución emanada del plenario radica
Resolución
A continuación damos a conocer la resolución de marras: "La Unión Cívica Radical de Pergamino, a partir del 10 de diciembre del corriente año, dado el resultado electoral del 28 de junio, dejará de contar con representación en el Concejo Deliberante, motivo por el cual se debe comunicar a las autoridades del Cuerpo legislativo la situación planteada para que el mismo tome, debida nota. "Es por esta razón que se resuelve aprobar la presente resolución a los efectos que no sea utilizado en la integración de ese Cuerpo, por ninguna fuerza política que lo componga, el nombre, símbolos y/o siglas que se identifiquen con nuestro partido. "La Unión Cívica Radical, a pesar de no tener representación, establecerá los mecanismos que sean necesarios para que las posturas políticas de nuestro partido puedan ser tenidas en cuenta, respecto de los temas que en ese ámbito se traten y/o resuelvan. Respetando siempre nuestra doctrina y defendiendo los intereses de los ciudadanos de nuestra comunidad".
Plenario
Seguidamente damos a conocer los considerandos de la nota redactada tras el plenario partidario que dice: "El Plenario de Conducción de la Unión Cívica Radical de Pergamino, resuelve comunicar a las autoridades legalmente constituidas del Concejo Deliberante, mediante la elevación de nota correspondiente, la que será acompañada con copia de la presente resolución, que nuestra fuerza política no cuenta a partir del 10 de diciembre del corriente y como consecuencia del resultado electoral del 28 de junio pasado, con representación de bloque alguno en la composición del Cuerpo legislativo. Informándoseles que la utilización del nombre, siglas y/o sellos de la Unión Cívica Radical, deberán para su utilización contar con la autorización mediante resolución fundada, de las autoridades partidarias locales, reconocidas por los Organismos Provinciales partidarios. Según se encuentra establecido en nuestra Carta Orgánica, conforme a lo determinado por el Decreto/Ley Provincial Nº 9889 de funcionamiento y reglamentación de los partidos políticos y agrupaciones municipales de la Provincia. de Buenos Aires".
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