El secretario de la Justicia Electoral Nacional instó a la familia del joven a presentar un escrito.
Así lo explicó el secretario electoral, Rogelio Rodríguez del Busto, ante una consulta sobre la situación particular del joven Miguel Ángel Brito. "Seguramente se trató de un error administrativo. Es común que sucedan estas cosas, pero la familia del joven no debe preocuparse. Ocurre que en los padrones, hay ciudadanos que figuran como estudiantes y cursaron hasta el segundo grado de la primaria. Si no saben leer y escribir no pueden ser presidentes de mesa porque así lo establece la ley", informó el funcionario judicial.
Según reza el Código Electoral de la Nación, "la excusación de quienes resultaren designados se formulará dentro de los tres días de notificados y únicamente podrán invocarse razones de enfermedad o de fuerza mayor debidamente justificadas. Transcurrido este plazo sólo podrán excusarse por causas sobrevinientes, las que serán objeto de consideración especial por la Junta".
Rodríguez del Busto expresó que Miguel fue designado y le llegó la citación porque "seguramente la familia no comunicó que el muchacho era sordomudo". "De todas maneras, los padres no deben preocuparse. Se trató de un simple error", explicó el secretario electoral.
La norma también alcanza a los presidentes de mesa designados que por problemas de salud no puedan concurrir al acto comicial. "A los efectos de la justificación por los presidentes o suplentes de mesa de la enfermedad que les impida concurrir al acto electoral, solamente tendrán validez los certificados extendidos por médicos de la sanidad nacional, provincial o municipal, en ese orden. En ausencia de los profesionales indicados, la certificación podrá ser extendida por un médico particular, pudiendo la Junta hacer verificar la exactitud de la misma por facultativos especiales", expresa el artículo 75 de la norma de alcance nacional, que rigió en las PASO.

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