Segarra presentó la ley que regulará el trabajo de las empleadas domésticas

Segarra presentó la ley que regulará el trabajo de las empleadas domésticas
Brindó detalles de la aprobación que tuvo lugar el miércoles en el Congreso. Tras la reglamentación, el personal de esta rama contará con vacaciones pagas y licencia por maternidad, entre otros derechos
La diputada nacional Adela Segarra realizó ayer en nuestra ciudad una presentación del proyecto de ley que recientemente obtuvo media sanción en la Cámara Baja y que impulsa un régimen de contrato de trabajo para el personal de casas particulares.

La jornada tuvo lugar en el recinto del Concejo Deliberante y contó con la participación de la edil del Frente Para la Victoria, Verónica Beresiarte, y público en general.

La iniciativa en cuestión fue elevada al Congreso el 8 de marzo del año pasado y el último miércoles fue aprobada en Diputados.

El Reglamento de Trabajo para Personal de Casas Particulares comprende a las empleadas domésticas con o sin retiro (comúnmente llamado “cama adentro”) y a quines realizan actividades típicas del hogar o asistencia personal que no sean terapéuticas.

Al resaltar los principales cambios que traerá la normativa para las trabajadoras, Segarra aseguró que a partir de la reglamentación de la ley, éstas tendrán “los mismos derechos que cualquier empleado en blanco”.

La propuesta beneficiará a 1.200.000 empleadas domésticas, de las cuales en la actualidad, sólo el 10% están registradas laboralmente. De acuerdo a Segarra, la legislación viene a subsanar “años de postergación e inequidad respecto al salario y condiciones laborales”.

El reglamento establece que los haberes serán fijados periódicamente por el Ministerio de Trabajo, hasta tanto entre en vigencia el Convenio Colectivo de Trabajo de la actividad. Asimismo, otorga el derecho a las vacaciones pagas; licencia por enfermedad o accidente y por maternidad -de 3 meses- y una jornada diaria de 8 horas o de 48 semanales. Además, prohíbe la contratación de personas menores de 16 años y para quienes no hayan cumplido 18, la jornada no podrá extenderse por más de 6 horas o 36 semanales.

Por otra parte, el empleador deberá proveer de ropa y elementos de trabajo y de una alimentación sana y suficiente.

“Antes era un contrato individual o civil entre la trabajadora y el empleador; a partir de la aplicación de esta ley, las introduce con un piso de derechos”, remarcó la legisladora.

En cuanto a la jubilación, Segarra aclaró que de la misma se hará cargo la Anses y los aportes serán de carácter proporcional a las horas trabajadas y de manera diferenciada en caso de que la modalidad sea sin retiro.

En tanto, las trabajadoras contarán con un a libreta de trabajo con las características y requisitos que determinará la reglamentación, al tiempo que se implementará un sistema simplificado de registro.

En palabras de Segarra, se trata de una ley “proactiva”, ya que, entre otras cuestiones, instaura el agravamiento de indemnizaciones por la no registración.

“La idea no es solamente que se alcancen los derechos, sino que sean efectivos a través de la registración”, sentenció la diputada, mientras agregó que “es un avance en materia legislativa”.

Por último, determinó que más allá de la reglamentación y aplicación de esta ley, era necesario trabajar intensamente en la agremiación de las trabajadoras de esta rama, ya que del total, sólo el 2% está representada sindicalmente.

Vale mencionar que tanto el personal de casas particulares como los peones rurales estaban incluidos en la ley de contratos de trabajo, pero fueron eliminados durante el golpe militar del 56.

“A más de 50 años, era una asignatura pendiente el volver a regular el trabajo doméstico en el marco de la ley”, sentenció Segarra en este sentido y recordó que ya ingresó en el Congreso un proyecto de similares características para beneficiar y regular el trabajo de los peones rurales.

DERECHOS GENERALES

• Jornada diaria de 8 horas o semanal de 48

• Vacaciones pagas

• Licencia por maternidad o accidente

• Ropa y elementos de trabajo

• Alimentación sana y suficiente

• Seguro por riegos de trabajo

REMUNERACIÓN

• El salario mínimo se fijará por convenio colectivo

• Se pagará mensual, semanal o diariamente

• El contenido y modalidad del pago es similar a cualquier trabajador

• El recibo no puede contener ninguna renuncia

• Hay horas extras del 50% y del 100%

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