Marihuana en Córdoba. Militantes cannábicos cordobeses se plantan y marchan hoy para exigir, entre otras cosas, que se despenalice el cultivo de marihuana para autoabastecimiento. Y florece la polémica.
Militantes cannábicos cordobeses se plantan y marchan hoy para exigir, entre otras cosas, que se despenalice el cultivo de marihuana para autoabastecimiento.
Se dice que los gays, cuando reconocen públicamente sus preferencias sexuales, “salen del placard”. Un chiste de moda entre los cannábicos asegura que los consumidores de marihuana están comenzando a “salir del in door” (cultivo bajo techo): se agrupan, se animan a mostrarse y a pelear por lo que consideran justo. Hoy, a las 15, marcharán desde Plaza de la Intendencia hasta el Parque Las Heras, para hacer visibles sus reclamos, que son, básicamente, estos:
> Despenalización del autocultivo, para consumir su propia cosecha y “salir de la cadena del narcotráfico”.
> Que se termine la criminalización y discriminación a los consumidores.
> Que se reconozca el derecho de los usuarios medicinales de marihuana.
> Que se sancione una nueva Ley de Drogas.
Es innegable: para bien o para mal, la marihuana está presente en la sociedad. Y hay que decirlo: sus usuarios no son necesariamente delincuentes o drogadictos perdidos; consumen marihuana como otros beben whisky o fuman tabaco, es decir, drogas legales, aceptadas socialmente, y no por eso menos perjudiciales.
Según la Organización Mundial de la Salud, las drogas más peligrosas son las que crean dependencia física con mayor rapidez, y las que poseen mayor toxicidad. Está comprobado que la marihuana no genera adicción física. Y no produce acciones violentas, como sí lo hace el alcohol. Además, nadie murió jamás por sobredosis de marihuana: se tiene que consumir 40 mil veces lo necesario para que haga ese efecto. En cambio, 20 veces más de alcohol –que lo necesario para embriagarnos– es una dosis letal.
Según encuestas oficiales, 1,2 millón de argentinos son usuarios frecuentes de cannabis, cuya tenencia para consumo personal fue despenalizada por un fallo de la Corte Suprema de Justicia, en 2009.
Desde el “fallo Arriola”, algunos consumidores piensan que, al estar despenalizada la tenencia para consumo, pueden circular por la calle con un poco de marihuana en el bolsillo o cultivar una plantita en su casa. Pero no.
Despenalizada, pero ilegal. La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó el fallo Arriola en agosto de 2009. En él se declara inconstitucional el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley de Estupefacientes, que pena la tenencia de droga para consumo personal.
La sentencia determina que no se puede condenar a quien tenga droga para consumir, porque se estaría invadiendo la esfera de la libertad personal, protegida por el artículo 19 de la Constitución Nacional: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”.
El fallo aclara que el uso personal está despenalizado, siempre que “se realice en condiciones tales que no traigan aparejado un peligro concreto o un daño a derechos o bienes de terceros”.
Sin embargo, aunque existen proyectos en el Congreso, la Ley aún no ha sido modificada. Y aquí está la paradoja: nadie podrá ser condenado por tener droga para consumir, pero sí puede ser detenido, porque todavía –hasta que se modifique la Ley– la tenencia es ilegal.
Daños colaterales. El jefe de Drogas Peligrosas de la Policía de Córdoba, comisario mayor Mario Nieto, dice que la Policía no persigue al consumidor, pero cuando se topa con él, lo tiene que detener, “porque así lo ordena la Ley vigente”.
El problema es que los consumidores –hasta que se despenalice el autocultivo o dejen de consumir– se convierten en carnada para pescar dealers. Así lo explica Nieto a Día a Día: “Para que un fiscal federal ordene un allanamiento contra un ‘quiosco’, tiene que tener pruebas de que allí se vende droga. Entonces, la Policía reúne las pruebas: fotografías o filmaciones del momento de la transa. Cuando el comprador se retira, lo dejamos que camine unas cuadras y ahí sí, tenemos desgraciadamente que llevarlo detenido, porque hasta ahora no se derogó el artículo en la ley que pena la tenencia”. Y es cierto.
“La ley sigue vigente y se critica a la Policía porque detienen a los consumidores. La Policía actúa bien. El artículo 14 no fue derogado”, explica la fiscal federal Graciela López Filoñuk.
¿Qué hacen los fiscales? Este fallo sentó jurisprudencia, pero las fiscalías no están obligadas a aplicarlo. En Córdoba, los fiscales federales Gustavo Vidal Lascano y Enrique Senestrari lo aplican, mientras que López de Filoñuk, no.
“El fallo sirvió para liberar mucho al personal de mi fiscalía. Antes, la mitad estaba abocado a resolver causas por tenencia, mientras que ahora puedo poner más policías a trabajar en investigaciones de hechos más complejos y preocupantes”, cuenta el fiscal Senestrari.
“Yo me opuse al fallo, y sigo imputando cuando se trata de tenencia para consumo personal, porque se encuadra en la segunda parte del artículo 14 de la Ley de Estupefacientes. Después, si el juez considera que la causa encuadra en el fallo Arriola, desestimará la causa”, explica López de Filoñuk.
¿Por qué la fiscal se opone a la despenalización de la tenencia? “Una persona puede consumir dentro de su habitación, sin que nadie no lo vea, pero ¿quién me garantiza que esa persona que se drogó con marihuana no se suba a un auto y conduzca, o no cometa cualquier otro delito, exacerbando la violencia como consecuencia del consumo?”, explica.
Juan Carlos Mansilla, secretario de Coordinación en Prevención y Asistencia a las Adicciones de la Provincia y creador del programa Cambio, asegura que “las drogas que vinculan el consumo con el delito son las estimulantes, no las que tienen que ver con la contemplación (como el cannabis). La combinación de fármacos y alcohol es la más riesgosa, porque los consumidores aseguran no recordar lo que hicieron después de consumir”.
Durante la marcha de hoy, manifestantes juntarán firmas para presentar un documento el lunes en Tribunales Federales, solicitando la aplicación irrestricta del fallo Arriola.
¿Para consumir o vender? ¿Cuánto es la máxima cantidad de marihuana que un consumidor puede tener en su poder para no ser considerado un dealer? “No hay un límite preestablecido. El artículo de la Ley de Estupefacientes que fue declarado inconstitucional habla de ‘escasa cantidad y demás circunstancias que surgieren que la tenencia es para uso personal’, pero no dice cuánto es esa escasa cantidad”, explica Mercedes Crespi, defensora oficial de la Justicia Federal.
Entonces, la Justicia debe discernir si el portador de esa droga pensaba consumirla o comercializarla. “Todo depende. Pueden detener a alguien que tenga 100 gramos para consumo personal, y a otra persona con 50 gramos, pero destinados a la comercialización. La cantidad es importante, pero no es determinante”, aclara Crespi.
Y da ejemplos: “Si existe una investigación previa por venta, o si la droga que se encuentra está fraccionada, seguramente el objetivo era la comercialización. Pero si en un control de rutina la Policía secuestra un paquetito con algunos gramos de marihuana compactada y, por ejemplo, una pipa para fumarla, se puede probar que la droga era para consumo personal. Claro que si te detienen con 200 gramos de droga, será más difícil probar que era para consumo. Pero se puede, por ejemplo, probar que la persona es muy adicta y que esa cantidad sí iba a ser consumida”, detalló Crespi.
¿Qué es la marihuana?
El cannabis o marihuana es una planta que en sus flores o cogollos (de las hembras) contiene tetrahidrocannabinol (THC), una sustancia psicoactiva, es decir, que ejerce un efecto sobre el sistema nervioso central. Según datos de la ONU, el
4 por ciento de la población mundial adulta la consume a diario, por lo que se trata de la sustancia ilícita más utilizada.
Armando flores. El porro o cigarrillo de marihuana es la forma de consumo más común, pero no la única: se puede realizar con ella infusiones o preparar galletitas, brownies y pizzas.
Efectos terapéuticos. Broncodilatación, reducción de la presión intraocular y efecto analgésico. Produce una sensación de calma y bienestar, aumento del apetito, desinhibición, ganas de reír, perdida de concentración, disminución de los reflejos, enrojecimiento de los ojos, aceleración del ritmo cardíaco, sequedad en la boca y garganta, alteraciones de la percepción sensorial y temporal. Al igual que el tabaco, el humo del cannabis es tóxico y puede generar cánceres de labio, laringe, faringe y pulmón.
Mitos. No provoca daños cerebrales, ni genera adicción física. Nadie murió jamás por sobredosis de marihuana: se tiene que consumir 40 mil veces lo necesario para que tenga ese efecto.
¿Uso medicinal? Pacientes que sufren de dolores crónicos podrían encontrar un alivio en la droga. “En el país hay medicación confiable y segura para calmar cualquier tipo de dolor”, indicó recientemente el jefe de toxicología del Hospital Fernández, en Buenos Aires, doctor Carlos Darnin. Los manifestantes buscan contar con esas propiedades sin tener que pagarles a los laboratorios: “Queremos la planta, que se regrese a la farmacia natural”.
El peligro. “La tendencia que se empezaba a ver, en el programa Cambio, es que antes el alcohol estaba en primer lugar entre las sustancia de inicio, pero ahora la marihuana empezaba a aparecer con una envergadura alta. Consumidores problemáticos se habían iniciado fumando marihuana”, explicó Juan Carlos Mansilla.

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