Fue promulgada la ley que habilita el uso de TIPRODEU para cancelar deudas contraídas con proveedores o municipios en este año. Se publicó en el boletín oficial este miércoles.
La cancelación de deudas con bonos podrá ser utilizada a partir de la promulgación de esta ley realizada este miércoles, en obligaciones surgidas a partir de agosto de este año.
El artículo correspondiente de la ley expresa que "las obligaciones de la Provincia con los municipios que por cualquier concepto se devenguen hasta el 31 de agosto de 2009, con más sus intereses y accesorios y que guarden relación con recursos de rentas generales podrán ser canceladas con bonos TIPRODEU".
Destaca además que "los organismos (...) aceptarán -sin más trámite- de los municipios y de los proveedores de bienes o servicios y contratistas de aquéllos los TIPRODEU recibidos a su valor técnico al momento de la cancelación de sus obligaciones".
Y señala que "si los municipios recibieran de parte de la Provincia bonos TIPRODEU podrán cancelar las obligaciones a devengar (...) con la sola transferencia de los mismos, los que serán aplicados a la cancelación de hasta el treinta por ciento (30%) de las obligaciones que mensualmente les descuentan en forma automática de su coparticipación, y hasta la concurrencia del valor técnico del monto total transferido".
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