Sancionan Ley de Régimen Especial Jubilatorio para Docentes de Educación Especial y de Zona Muy Desfavorable

La Legislatura del Chubut sancionó un importante proyecto de Ley General estableciendo el Régimen Especial de Jubilación para Docentes de la Modalidad de Educación Especial, tratándose de docentes que prestan servi cios en contextos de encierro y también docentes de Escuelas Rurales dentro de la Zona “F” (Zona Muy Desfavorable), iniciativa presentada por legisladores cordilleranos Elva Willhuber y Eduardo Daniel, y el acompañamiento de sus pares Alejandra J. Táccari, Javier Cisneros (Bloque FPV).
Se establece que “la presente Ley será de aplicación para los trabajadores docentes que presten servicios en las modalidades de Educación Especial, Educación en Contextos de Privación de la Libertad y Escuelas Rurales de zona muy desfavorable, identificadas como “Grupo F”, comprendidos todos ellos dentro de la Ley VIII Nº 20 (antes Ley Nº 1.820) – Estatuto del Personal Docente dependiente del Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut)”.

Se incorpora a la Ley XVIII Nº 32 el Artículo 55º Quater, quedando así redactado: “Tendrá derecho a la Jubilación Ordinaria por Tarea Riesgosa el personal docente dependiente del Ministerio de Educación que se desempeñe, o se haya desempeñado, en la modalidad de Educación en Contextos de Privación de la Libertad y que además acredite los siguientes requisitos:

Diez (10) años efectivos frente a alumnos.

Haber prestado en forma directa y habitual en Escuelas e Instituciones de la modalidad, veinticinco (25) años de servicio con aportes al Instituto de Seguridad Social y Seguros (ISSyS).

Asimismo, se les computará, a fin de cumplir con los requisitos de la jubilación, seis (6) años por cada cinco (5) años de aportes.

Jubilación Ordinaria por Tarea Penosa determinante de Vejez Prematura

También, se incorpora a la Ley XVIII Nº 32 el Artículo 61º Quater, que quedará así redactado: “Tendrá derecho a la Jubilación Ordinaria por Tarea Penosa determinante de Vejez Prematura, el personal docente dependiente del Ministerio de Educación, que se desempeñe, o se haya desempeñado, en la Modalidad de Educación Especial y en Escuelas Rurales de Zona Muy Desfavorable, identificadas como “Grupo F” y que además acrediten los siguientes requisitos: Diez (10) años efectivos frente a alumnos, y Haber prestado, en forma directa y habitual, en Escuelas e Instituciones de la modalidad, 25 años de servicio con aportes al ISSyS.

Asimismo, se les computará, a fin de cumplir con los requisitos jubilatorios, seis (6) años por cada cinco (5) años de aportes.

Finalmente, el sancionado proyecto de ley dispone, en su aspecto formal, la correspondiente Comunicación al Poder Ejecutivo Provincial.

Docentes tributan aplausos a emotivas fundamentaciones

El diputado Eduardo Daniel y la legisladora Elva Willhuber, del Bloque del “Frente para la Victoria” y ambos oriundos de la región cordillerana, fundamentaron los alcances e importancia de este proyecto de ley, significando que se trata de una justa reivindicación para estos educadores chubutenses dedicados a modalidades de la Educación Especial.

¡Willhuber, con reconocida trayectoria educativa, manifestó sentirse gratificada por el tratamiento de este importante tema, y su fundamentación estuvo atravesada por una intensa emoción, y desde uno de los palcos ocupados por educadores se reiteraron los aplausos y manifestaciones de reconocimientos a la sanción parlamentaria de la ley.

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