Salta Forestal: Brizuela defendió los desmontes y culpó a Flavio Aguilera por los controles

En su indagatoria ante el juez Penal 8, Federico Diez, en la causa penal que se sigue en su contra por el delito de defraudación en perjuicio de la administración pública, el ex ministro de la Producción y el Empleo, Víctor Manuel Brizuela, defendió la legalidad de un dictamen que aprobó el desmonte de 40 mil hectáreas en el marco del contrato a través del cual el ex gobernador, ....
Juan Carlos Romero, le cedió a las empresas Eco Desarrollo S. A. y Agropecuaria Cervera S.A. la explotación de Salta Forestal.

Asimismo, y al ser indagado sobre la clase de controles y su periodicidad, el ex ministro descargó culpas en quien fuera en su momento secretario de la Producción, Flavio Aguilera, quien también está imputado junto al ex ministro de esa cartera, Sergio Camacho y los ex funcionarios Patricia Sassarini y Guillermo Díaz.

Según fuentes del Juzgado Penal 8, Brizuela se presentó ante la Justicia el 31 de octubre pasado tras recibir una segunda citación judicial. En el descargo realizado en aquella oportunidad, el ex ministro pidió no declarar y explicó que la primera citación había sido recibida por la empleada que solamente va los sábados a su vivienda. En esa audiencia, Brizuela designó al estudio de su cuñado, el abogado Raymundo Sosa, su defensa.

Junto a su sobrino

El 13 de noviembre, Brizuela llegó ante el juez Diez acompañado de su sobrino, el abogado Sosa Quintana, quien lleva adelante la defensa de su tío. Luego de conocer la acusación en su contra, el ex ministro aclaró su tiempo de gestión, entre el año 2003 y el 7 de marzo de 2005.

En la indagatoria, Brizuela respondió a la imputación hecha por el agente fiscal Penal 1, Eduardo Barrionuevo, a partir de la decisión del gobernador Urtubey, de revocar la concesión hecha a Eco Desarrollo S.A. y Agropuecuaria Cervera S.A. por considerar lesivos a los intereses del Estado el contrato con ambas empresas.

La revocación del contrato tuvo tratamiento legislativo y se cristalizó a través del decreto 2.478/11, el cual fue publicado el 7 de junio del año pasado. En dicho documento, también se dispuso que las actuaciones sean giradas a la Fiscalía de Estado a fin de proceder con las acciones judiciales que correspondan.

En vista de ello, el fiscal Barrionuevo llevó adelante la promoción penal del caso, a través de la cual responsabilizó a Brizuela y el resto de los acusados. En concreto el representante del Ministerio Público reclamó la no aplicación de la Ley 7070, de protección ambiental, hecho que liberó el desmonte de 40 mil hectáreas de manera irregular. Asimismo, cuestionó la falta de control sobre las empresas beneficiadas.

Brizuela fue indagado sobre la resolución 403/04, que lleva su firma y que autorizó en parte los desmontes. Sobre el asunto, el ex ministro explicó que dicho documento se realizó a pedido de la firma Agropuecuaria Cervera S.A., pero que antes se requirió a la Secretaría de Medio Ambiente a fin de que evalúe la factibilidad correspondiente.

Brizuela explicó que fue la Secretaría la que autorizó el pedido de desmonte bajo el análisis que la Ley 7070, ya vigente, no se aplicaba, pues al momento del contrato de explotación no existía y, a entender de dicha Secretaría, no tenía carácter retroactivo.

Sólo indicó la necesidad, en caso de corresponder, información complementaria que no estén previstas en el contrato. La solicitud de datos complementarios, sin embargo, no fue cumplida. Brizuela agregó que luego los Programas de Producción Vegetal y la Secretaría de la Producción aconsejaron dar curso al pedido de desmonte, por lo que finalmente se terminó por dictar la resolución 403/04.

Vigencia

Sobre la aplicación de la Ley 7070, de Protección Ambiental, Brizuela defendió el criterio al que arribó el Ministerio que estaba su cargo y rechazó el planteo de la Fiscalía, la cual estableció que si bien el contrato fue anterior a la Ley, al momento de la solicitud de un nuevo desmonte, la norma de protección ambiental estaba en plena vigencia, por lo que correspondía su aplicación, y en su defecto disponer la realización de audiencias públicas para discutir la posibilidad de un nuevo desmonte.

De haberse seguido este paso, las empresas no habrían podido llegar a obtener las autorizaciones correspondientes para seguir con los desmontes, pues iba a saltar a la luz no sólo lo perjudicial que podría ser eso para el medio ambiente, sino que hasta ese momento ninguna de las empresas había cumplido con el objeto del contrato, que, entre otras cosas, tenía como prioridad el desarrollo sustentable de la región.

La Fiscalía, en su promoción, recordó que el objeto del contrato comprendía los siguientes conceptos: “propender al desarrollo conservacionista y sustentable de la zona”, “programa la sistematización del campo teniendo en cuenta los aspectos sociales”, “programar soluciones para la distintas situaciones de los ocupantes tanto en los asentamientos poblacionales como de los puesteros”, “creación de fuentes de trabajo, salud, educación, administrativo, de biodiversidad”, “preservación de distintos organismos que habitan el predio”. Todo con el fin de lograr un aprovechamiento sustentable y que tienda a mejorar la calidad de vida de sus habitantes de una zona de más de 200 mil hectáreas.

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