El Senado convirtió en ley la adhesión de la Provincia de Salta al Programa de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, creado por la Ley 26.216 y su prórroga. El proyecto provenía con media sanción de la Cámara de Diputados y ahora resta la promulgación correspondiente por parte del Poder Ejecutivo de la Provincia.
La normativa nacional oportunamente declaró la emergencia en el país en materia de tenencia, fabricación, importación, exportación, transporte, depósito, almacenamiento, tránsito internacional, registración, donación, comodato y compraventa de armas de fuego, municiones, explosivos y demás materiales controlados, registrados o no registrados.
En el ámbito local se tuvo en cuenta que con la entrega voluntaria de armas se disminuirían principalmente los riesgos de accidentes caseros y también permitirá contribuir en la reducción de delitos. En el articulado de la ley de adhesión se faculta al Poder Ejecutivo provincial a adecuar la instrumentación de la misma en el territorio de la Provincia.
También el Senado dio sanción a la ley por la cual se modifica el artículo 2 de la Ley 7333, por el cual se sustituye el destino del inmueble expropiado matrícula Nº 13.798 del departamento Anta. Se trata de un inmueble que se destinará a la construcción de edificios de uso público en la ciudad de Joaquín V. González.
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