En el marco de la revisión a las que están expuestas todas aquellas causas cuyas condenas superan los 10 años, el fallo contra Silvia Osorio “la mujer condenada a 11 años y 6 meses de prisión por el homicidio en ocasión de robo del remisero Oscar Ibarrola Yáñez” fue revisado por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, donde se confirmó la condena. No obstante, el tribunal advirtió que fue “incorrectamente desechado” el agravante por la participación de un menor.
Si bien los ministros del alto cuerpo elogiaron fragmentos del fallo de primera instancia, no dejaron de mencionar que para el caso cabía correctamente la aplicación del agravante que fija el artículo 41 quáter, el cual refiere a la elevación de un tercio en el mínimo y máximo de la pena cuando en el hecho tuviera participación un menor de 18 años, tal como ocurrió en este caso.
“El Tribunal de grado sopesó todos los elementos colectados en la causa y descartó, apropiadamente, la hipótesis que la mujer había enarbolado en su defensa: el haber sido ajena al episodio y sólo una testigo forzosa de la conducta de otro”, se indica en uno de los votos.
“Advierto –se agrega en otro tramo de la sentencia definitiva-- que la agravante prevista en el artículo 41 quáter del Código Penal fue incorrectamente desechada. La norma de mención establece que cuando alguno de los delitos previstos en el Código Penal fuera cometido con la intervención de menores de dieciocho años de edad, la escala penal correspondiente se incrementará en un tercio del mínimo y del máximo, con respecto a los mayores que hubieren participado en el hecho”.
“Es que, acreditada la participación de A.D.B. en el suceso, quien contaba en ese momento con 14 años de edad, correspondía la aplicación de la agravante para su consorte de causa. No obstante, la ausencia de recurso fiscal me impide empeorar la situación de la atribuida", aclara el votante y lo hace en la misma línea que sus colegas.
Al respecto se debe señalar que en la causa actuó el fiscal general, Marcelo Crettón, y en el caso de haberse aplicado el agravante al que se refieren los ministros del Superior Tribunal de Justicia, la pena mínima que le hubiera cabido a Osorio sería la de 13 años y 4 meses.
EL HECHO
El hecho referido tuvo lugar el 16 de febrero del año pasado, a las 19:50 aproximadamente, cuando Oscar Ibarrola Yáñez, de profesión remisero, circulaba en su automóvil por avenida del Parque a unos metros del Cañadón La Francesa, transportando al menor A. D. B. y a Silvia Alejandra Osorio, junto a una bebe de 11 meses.
En un momento determinado A. D. B. y Silvia Osorio hicieron detener la marcha del remis y mediante la utilización de un arma blanca le exigieron la recaudación y sus pertenencias personales e inmediatamente el menor comenzó a aplicarle diversos puntazos en distintas partes del cuerpo, mientras Osorio se ubicó en la parte delantera del auto tratando de concretar la sustracción.
En ese momento y gracias a una ocasional pareja de transeúntes que pasaba por el lugar, se dio inmediato aviso a la policía, por lo que una dotación se dirigió al lugar y el personal observó a Ibarrola sobre el suelo. La víctima presentaba manchas hemáticas en su cuerpo. Personas que se encontraban auxiliándolo indicaron que los agresores tomaron por calle Amanecer y tras ellos fueron los policías.
Así fue cómo se logró aprehender al menor A.D.B. cuando intentaba introducirse a un camión Scania estacionado y arrojando el juego de llaves del automóvil de Ibarrolla. Silvia Osorio fue detenida en la vía pública en una ubicación cercana al mencionado camión. La víctima, en tanto, fue trasladada al Hospital Regional donde falleció a causa de las heridas recibidas.
Comentá la nota